Sobre la ley general para la prevención social de la violencia y la delincuencia

AutorRey Martínez Franco - Iván Jair Valdés Guzmán
CargoCandidato a Doctor en Ciencias Criminológicas y Forenses por el Centro de Investigaciones y de Estudios Avanzados de Veracruz - Alumno de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana
Páginas235-238
241
Comentario Legislativo: Sobre la Ley General para la Prevención
Social de la Violencia y la Delincuencia, publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 24 de enero de 2012
MARTÍNEZ FRANCO, Rey*
VALDÉS GUZMÁN, Iván Jair**
La estructura de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la
Delincuencia (LGPSVD) se compone por 30 artículos y 4 transitorios; es una ley de
orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio
nacional y tiene como objetivo, de conformidad con el artículo 1, establecer las
bases de coordinación entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los
Municipios en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia en el
marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública y por lo tanto, se funda en el
artículo 21 Constitucional. Este es un objetivo que responde a una necesidad social
y de seguridad, ya que los diversos actores encargados de procurar a la ciudadanía
un entorno de paz social y de tranquilidad, no pueden ya trabajar como fuerzas
separadas, sino como entes interrelacionados con ese objetivo común.
El objetivo señalado en esta ley se explicita, además, en los principios que indica
el artículo 3 de la ley que se comenta, puesto que entre ellos se advierte el respeto a
los derechos humanos, el desarrollo de políticas públicas integrales y eficaces para
la prevención que se busca, pero con participación ciudadana, lo cual es básico
porque si la ciudadanía requiere prevención y seguridad, debe ser corresponsable
de lograr un entorno seguro; trabajo conjunto entre los diversos órdenes de
gobierno; continuidad de las políticas públicas; la interdisciplina para el diseño de
políticas públicas; la atención hacia la diversidad para lograr una atención integral
diferenciada; la proximidad a través del contacto permanente con los actores
sociales y comunitarios; la transparencia y rendición de cuentas. Todos ellos
principios que desde el papel no se pueden discutir y menos aún criticar, ya que
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∀!Candidato a Doctor en Ciencias Criminológicas y Forenses por el Centro de Investigaciones y de
Estudios Avanzados de Veracruz; Maestro en Derecho Proc esal Penal y Criminología, por el Centro
Mexicano de Estudios de Posgrado; Diplomado en Técnicas Periciales; catedrático de diversas
Universidades a nivel licenciatura y posgrado.!
∀∀!Alumno de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana.!

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