Ley Federal de Telecomunicaciones. VIII-P-SS-71

Páginas284-285
284 PLENO
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
VIII-P-SS-71
SERVICIO DE INTERCONEXIÓN DE REDES DE TELE-
COMUNICACIONES. ES APLICABLE EL MODELO DE
COSTOS PARA DETERMINAR LAS TARIFAS DEL.- El
Modelo de Costos utilizado por la entonces Comisión Federal
de Telecomunicaciones, constituye una herramienta inter-
nacionalmente aceptada que permite determinar las tarifas
por el servicio de interconexión de redes públicas de teleco-
municaciones, el cual conforme a su metodología permite al
concesionario recuperar todos los costos en los que incurre la
prestación del servicio, ya que dicho Modelo considera tanto
los costos y elementos técnicos, como el impacto económico
que el servicio de interconexión pudiera ocasionar. En ese
sentido, el Modelo de Costos permite al concesionario recupe-
rar los costos en los que incurre en la prestación del servicio
referido, más un margen de ganancia razonable. Por tanto,
el Modelo de Costos resulta aplicable para la determinación
de las tarifas por el servicio de interconexión, ya que permite
que la entonces Comisión Federal de Telecomunicaciones
determine tarifas por el servicio de interconexión de redes
públicas ajustadas a la sana competencia y equilibrio nan-
ciero de los concesionarios.
PRECEDENTE:
VII-P-SS-214
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 39/11-EOR-01-
3/116/13-PL-04-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior

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