Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VIII-P-1aS-341

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Revista Núm. 21, abRil 2018
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VIII-P-1aS-341
NOTIFICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO. LA ILE-
GALIDAD DE ESTA, POR SÍ MISMA NO TRAE COMO
CONSECUENCIA LA NULIDAD DEL ACTO IMPUGNA-
DO.- De la interpretación sistemática de los artículos 51 y
52 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-
nistrativo, no se desprende como causa de ilegalidad del
acto administrativo para decretar su nulidad, el hecho de
que contenga vicios de legalidad la noticación mediante la
cual se dio a conocer al particular dicha decisión de la auto-
ridad; toda vez que, por ser la noticación el medio legal a
través del cual se da a conocer al particular el contenido de
una resolución, es independiente de los fundamentos y mo-
tivos que tuvo la autoridad para denir la situación jurídica
del particular en el acto controvertido; por ello, las causas
de ilegalidad de la noticación de la resolución combatida
no constituyen per se un motivo de ilegalidad reconocido
por los preceptos legales interpretados, en virtud de que
para obtener la declaratoria de nulidad pretendida tiene que
vincularse a otra causa de ilegalidad inherente a la emisión
del acto.
PRECEDENTE:
VIII-P-1aS-248
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4238/14-17-13-3/
2025/16-S1-04-04.- Resuelto por la Primera Sección de la

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