Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo. VI-P-1aS-112

Páginas168-173
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
168
LEY FEDERAL DEL PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VI-P-1aS-112
INCIDENTE DE INCOMPETENCIA.- CUANDO EN LA DEMANDA SE
SEÑALAN DOS DOMICILIOS.- En aquellos supuestos en los que en el escrito
inicial de demanda la parte actora señala en la apostilla superior derecha o epígrafe un
domicilio, y después manifiesta en el exordio de ese mismo escrito un domicilio
diferente, el cual manifiesta expresamente que es para oír y recibir toda clase de
notificaciones, si ambos domicilios se encuentran comprendidos en diferentes juris-
dicciones de las Salas Regionales, para efectos de determinar la competencia de la
Sala Regional que conocerá del juicio por razón de territorio, se debe atender al
domicilio señalado en primer término, porque en el otro se hizo la precisión de que
únicamente era para oír y recibir notificaciones y documentos. (11)
Incidente de Incompetencia Núm. 767/08-07-01-4/15242/08-17-10-8/1185/08-S1-03-
06.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 7 de octubre de 2008, por unanimidad
de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Manuel Luciano Hallivis Pelayo.- Secreta-
ria: Lic. Alma Rosa Navarro Godínez.
(Tesis aprobada en sesión de 2 de diciembre de 2008)
EN EL MISMO SENTIDO:
VI-P-1aS-113
Incidente de Incompetencia Núm. 16520/08-17-02-2/2030/08-03-01-2/1696/08-S1-04-
06.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 4 de diciembre de 2008, por unanimidad
de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Jorge Alberto García Cáceres.- Secretario:
Lic. Jorge Carpio Solís.
(Tesis aprobada en sesión de 4 de diciembre de 2008)

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