Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-CASA-V-33

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-CASA-V-33
CAUSAL DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO POR EX-
TEMPORANEIDAD EN LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA.
RESULTA INFUNDADA CUANDO SIMULTÁNEAMENTE A LA
IMPUGNACIÓN DE UNA RESOLUCIÓN DE LAS SEÑALADAS EN
EL ARTÍCULO 58-2 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SE CONTROVIERTE UNA
REGLA ADMINISTRATIVA DE CARÁCTER GENERAL, SI LA
DEMANDA SE PRESENTÓ DENTRO DE LOS CUARENTA Y CIN-
CO DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE SURTIÓ
EFECTOS SU NOTIFICACIÓN.- De conformidad con el artículo 58-3,
fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo,
la tramitación del juicio en la vía sumaria será improcedente cuando simultá-
neamente a la impugnación de una resolución de las señaladas en el artículo
58-2 del mismo ordenamiento, se controvierta una regla administrativa de
carácter general. En ese sentido, si el actor impugnó una resolución en la que
se impuso una multa por infracción a las normas administrativas federales
y además, un acuerdo de carácter general y la autoridad alega el sobresei-
miento del juicio por extemporaneidad en la presentación de la demanda, al
no haber sido promovida dentro del plazo de 15 días previsto en el precitado
artículo 58-2; resulta infundada la causal de improcedencia y sobreseimiento
formulada por la autoridad, pues lo procedente es la tramitación del juicio en
la vía ordinaria, al actualizarse la causal de improcedencia de la vía sumaria
prevista en el artículo 58-3, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo, y en tales condiciones, el actor tiene un plazo
de 45 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que la
resolución le fue notifi cada, para promover juicio contencioso administrativo.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 565/13-QSA-7.- Expediente de
origen Núm.-1258/13-10-01-9.- Resuelto por la Quinta Sala Auxiliar del
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 9 de octubre de

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