Ley Federal de Protección al Consumidor. VII-TASR-CEII-15

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
VII-TASR-CEII-15
PROPIETARIO DE UNA NEGOCIACIÓN.- SE CONSTATA CON LA
ADECUADA CIRCUNSTANCIACIÓN EN EL ACTA INICIAL DE
INSPECCIÓN, DE LOS ELEMENTOS VISIBLES CON LOS CUA-
LES CORROBORÓ LA AUTORIDAD ESTA CIRCUNSTANCIA.- Si
la autoridad dependiente de la Procuraduría Federal del Consumidor des-
cribe de manera pormenorizada, la documentación que tuvo a la vista, así
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los cuales precisa la información obtenida de alguna factura expedida en
la misma negociación, además del dicho de la persona que atendió la dili-
gencia en carácter de encargado del establecimiento, de donde se obtuvo
el nombre de la persona física propietaria, entonces, al encontrarse descrita
esta circunstancia en un documento público elaborado por un funcionario
público, en pleno ejercicio de sus funciones, goza de valor probatorio pleno,
conforme lo dispuesto en los artículos 46, fracción I, de la Ley Federal de
Procedimiento Contencioso Administrativo, 202 y 203, del Código Federal
de Procedimientos Civiles, aplicable supletoriamente en la materia conten-
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consideró los elementos necesarios para desprender la calidad de propietario
que se le atribuye a quien impugna, con su respectiva responsabilidad sobre
la multa que se le impone derivado de las irregularidades que se le imputan
como proveedor, propietario de la negociación sujeta a las facultades de
comprobación de la Procuraduría Federal del Consumidor.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1454/11-09-01-5.- Resuelto por la
Sala Regional del Centro II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, el 28 de octubre de 2011, por unanimidad de votos.- Magistrado
Instructor: Adalberto G. Salgado Borrego.- Secretaria: Lic. Rosario de Jesús
Canales Gómez.

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