La Cultura de la Legalidad en el Nuevo Paradigma de los Derechos Humanos

AutorLic. David Boone de la Garza
Páginas58-59

Page 58

Derecho que es injusto no es derecho. Al menos en eso coinciden una gran cantidad de juristas. La llamada "Fórmula de Radbruch", la cual postula que el derecho extremadamente injusto no es derecho, acuñada por quien le diera su nombre, el profesor alemán Gustav Radbruch, ha sido retomada en las últimas décadas por la mayoría de los promotores del nuevo iusnaturalismo, en virtud del cual se ha construido y se está consolidando un nuevo modelo de derecho, basado en la aplicación de los principios que dan sentido a las normas. Se trata de la respuesta de los exponentes de esta corriente dominante frente a la necesidad de asegurar a la persona, independientemente de su nacionalidad o sus condiciones concretas, la interpretación y la aplicación del derecho de forma tal, que resulte lo más justo posible para las partes involucradas en una situación o un conlicto de difícil solución. Lo anterior ha dado lugar a lo que algunos estudiosos del derecho han denominado el desbordamiento de las fuentes del derecho, y que ha permitido dar una mayor importancia a la labor creadora del derecho por parte de los jueces, en particular cuando se ven en la necesidad de resolver situaciones en las que una ponderación de principios resulta adecuada para resolver un caso. Esta modalidad de impartición de justicia coincide y está íntimamente vinculada con el nuevo paradigma de protección de los derechos humanos, reconocido desde el año 2011 en la Constitución mexicana.

La aplicación de los principios como una parte fundamental de la facultad interpretativa de los juzgadores, mediante el control difuso, nos coloca frente a la necesidad de repensar la noción de cultura de la legalidad. Me explico. La legalidad puede comprenderse, esencialmente, desde dos enfoques. Por una parte, a partir de la deinición del principio de legalidad, de acuerdo con el cual la autoridad solamente puede hacer aquello que la ley le mandata; por la otra, a partir de la cultura de la legalidad como un conjunto de elementos que deter-minan la relación de los individuos frente al resto de la sociedad, a la autoridad y viceversa, de conformidad con lo establecido en las leyes. Me interesa relexionar en torno a éste último enfoque.

Es indudable que la aplicación rigorista de las normas contenidas en las leyes ha sido atemperada por la aplicación de los principios subyacentes en dichas normas, entendidos éstos como los mandatos de optimización a los que se reiere Robert Alexy en su...

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