Estado laico y libertad religiosa

AutorDip. David Sánchez Camacho PRD
Páginas68-86
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ESTADO LAICO Y LIBERTAD RELIGIOSA
Dip. David Sánchez Camacho
En el marco de la Reforma del Estado, se crea la Comisión
Ejecutiva de Negociación y Construcción de Acuerdos (CENCA), en la
que se establece entre otros, el Grupo de Garantías Sociales, Subgrupo
de Trabajo Derechos Civiles y Políticos y otros Derechos, el que
probablemente, fue el más an alizado, discutido y el que más propuestas
recibió en materia de derechos humanos y derechos sociales en general.
Después de más de 100 reuniones en las que se llegaron a 92 acuerdos,
a pesar del número de propuestas que se discutieron, estas fueron en su
mayoría rechazadas, por parte del Partido Acción Nacional, hecho que
fue denunciado públicamente el 9 de abril de 2008 en el Palacio
Legislativo de San Lázaro, por los grupos parlamentarios del Partido de
la Revolución Democrática, Partido del Trabajo y por el Partido
Convergencia.
Aún cuando la base de las propuestas en torno a las garantías sociales
desde la perspectiva de los partidos antes mencionados, se
fundamentaron en el fortalecimiento de un Estado democrático, social,
laico y de derecho con la finalidad de propiciar las mejores condiciones
para el desarrollo de una sociedad mexicana democrática, incluyente, de
reconocimiento al estado de derecho, equitativa, justa; es decir, con
igualdad de oport unidades para todas las pers onas, la mayoría no se
aprobaron.
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Asimismo, para el tema de garantía sociales, se contempló abonar los
Tratados Internacionales, suscritos por el Estado mexicano para que
éstos se ejecuten, traducidos en acciones que vayan en beneficio de la
población como los son los Tratados Internacionales de Derechos
Humanos.
Atendiendo propiamente lo relativo al Estad o Laico y la Libertad
religiosa, el planteamiento se basó en reformar los artículos 24, 40 y
130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, c on el
objeto de establecer clar amente en la misma, el carácter laico del Estado
Mexicano, así como de plantear la libertad de conciencia y de creencias
desde la laicidad.
Es decir, con la intención de practicar y gozar la laicidad, término que se
ha definido por algunos especialistas, como algo más que la separación
Iglesia-Estado, debido a que es la laicidad la que otorga legitimidad a un
Estado, lo que se traduce en un régimen de máximas libertades civiles
para que las personas puedan vivir en armonía, ya que es a partir de la
laicidad que una sociedad se puede reconocer en su calidad única de la
humanidad, sumándose también la libertad de conciencia y la libertad
de creencias, considerando el laicismo como un ideal universal, como la
característica fundamental de un Estado que permite la convivencia
pacífica, el respeto y la concordia lo que impide que se vulnere el trato
igualitario para la sociedad en general.
Sin embargo, el tema en comento no fue la excepción, en torno al
posicionamiento contrario por parte de las voces panista s, debido a que
en el apartado denominado ESTADO LAICO Y LIBERTAD RELIGIOSA
se propusieron reformas a los Artículos 24, 40 y 130 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos siguientes:
TEMA TEXTO
VIGENTE
PROPUES
TA 1
PROPUESTA 2
APROB
ACIÓN
Libertad
religiosa
y
objeción
de
concienc
ia
Artículo 24.
Todo hombre es
libre para
profesar la
creencia religiosa
que más le
agrade y para
practicar las
ceremonias,
devociones o
actos del culto
respectivo,
Artículo
24. Toda
persona es
libre…(el
resto del
texto se
mantiene
igual)
Artículo 24.
Toda persona
es libre para
profesar la
religión o
creencia de su
elección y
para
manifestarla
en público o
en privado
sólo o en
En las
mesas
de
trabajo
de la
CENCA
fue
aproba
da la
propue
sta 2.

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