José Manuel Valverde: ¿Puede decirnos el Estado con quién ir a la cama?
Autor | María José Bolaños Cacho Cué |
Páginas | 49-51 |
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El Derecho familiar se ha complicado porque el Estado ha confundido su función en este campo, ya que en lugar de dedicarse y concretarse a vigilar que los padres cuiden, protejan, respeten, se hagan cargo del mantenimiento de sus hijos y resuelvan los problemas de carácter patrimonial en el seno de la familia, ha querido codificar las relaciones entre los cónyuges, inmiscuyéndose en su vida privada y en su vida sexual, y ha creado la institución del matrimonio como institución del Derecho civil. Esto realmente está fuera de sus funciones, pues literalmente el Estado se mete en la cama de sus gobernados, y ésa no es su función. Al Estado no debe importarle la persona con la que un ciudadano se relaciona íntimamente ni la persona con la que vive, ni el tiempo que vive con ella, ni su sexo, ni su lugar de residencia. Ésas no son funciones del Estado. El matrimonio, como institución de Derecho civil, está en proceso de extinción, tiende a desaparecer.
La conducta moral de los ciudadanos, de los gobernados, está regulada por la idiosincrasia de cada quien, o por la religión que profesan. Las religiones regulan la conducta moral de los sujetos y continuarán rigiendo el matrimonio y estableciendo normas para los que quieran sancionar su vínculo de esa manera; pero ésta no es función del Estado.
El matrimonio es una institución natural que existía desde la época de las sociedades paganas como un hecho social; las parejas se reunían en función de los usos y costumbres de cada lugar y de cada época, a través de gestos y señales externas que formaban parte de sus ritos iniciáticos, vinculados a su vez a los ritos de la fertilidad; ésa era la forma en la que se unían las parejas.
En el Derecho romano no existía el matrimonio como institución de Derecho civil propiamente dicho. El Derecho sólo regulaba las consecuencias de ese vínculo: lo que se relacionaba con los hijos, con la patria potestad, con las cuestiones patrimoniales; pero no existía un rito o formalidad especial alguna...
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