Introducción

AutorAlejandro Ponce Rivera - Alejandro Ponce Rivera y Chávez
Páginas19-22
INTRODUCCION
La Discrepancia Fiscal (DF) se estableció por primera vez en
nuestra legislación vigente en 1980, y su reglamentación legal se
ha ido perfeccionando en los años 1981, 1983, 1992, 1997, 2001,
2002, 2003, 2004, 2006, 2008, 2009 y 2010.
La DF se adelantó a su época, pues cuando se incorporó por
primera vez a nuestro sistema jurídico en 1980, no existían las con-
diciones materiales para lograr su aplicación.
Sin embargo, el tiempo no se detiene, tampoco los avances tec-
nológicos e informáticos, y la realidad imperante en 2010 es muy
diferente de la existente en 1980. Estamos en otro mundo.
Por su parte, la autoridad fiscal tampoco se ha dormido en sus
laureles, y a lo largo de los últimos años, paulatina pero firmemente
ha ido perfeccionando las leyes fiscales, introduciendo con visión
de largo alcance cambios y adiciones que en su momento no eran
aplicables todavía por las condiciones entonces existentes, pero
que hoy en día ya pueden aplicarse y se aplican en su totalidad, y
con contundencia, gracias a los avances tecnológicos e informáti-
cos alcanzados, sobre todo por los controles y la supervisión estric-
ta que las autoridades fiscales pueden ejercer sobre absolutamente
todas las personas físicas, independientemente de que estén o no
inscritas en el RFC.
Hoy todos estamos en la mira permanente de las autoridades
fiscales, quienes conocen absolutamente todos nuestros movi-
mientos, por lo que cualquier desviación o irregularidad en la que
incurrimos de inmediato es detectada y, con toda seguridad, antes
de que se extingan sus facultades legales, las autoridades procede-
rán en nuestra contra para que respondamos legalmente por nues-
tro indebido proceder, por lo que más nos vale ajustar a derecho en
todo momento nuestra actuación.
Ya no podemos escondernos entre la multitud, ni pasar desa-
percibidos. La tecnología y la informática actuales nos ponen al
descubierto a todos, por lo que, sin excepción, somos como li-
bros abiertos ante la autoridad fiscal, quien fácilmente descubre a
quienes indebidamente incurren en DF, por lo que es conveniente
cuidar nuestro comportamiento para jamás incurrir en tal ilícito, si

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