Instituciones indigenistas

AutorFrancisco López Bárcenas
Páginas301-342
Instituciones indigenistas
Capítulo I
De su Naturaleza, Objeto y Funciones de la Comisión Nacional
para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas
Artículo 1. La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas,
es un o rganismo descentra lizado de la Administración Públi ca Federal, no
sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía
operativa, técnica, presupuestal y administrativa, con sede en la Ciudad de México,
Distrito Federal.
Artículo 2. La Comisión tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar,
fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones
públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades
indígenas de conformidad con el artículo 2o. de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, para lo que tendrá las siguientes funciones:
Ser instancia de consulta para la formulación, ejecución y evaluación de
los planes, programas y proyectos que las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal desarrollen en la materia;
Coadyuvar al ejercicio de la libre determinación y autonomía de los
pueblo s y comunid ades indíge nas en el m arco de las disposicio nes
constitucionales;
Realizar tareas de colaboración con las d ependencias y entid ades de
la Administrac ión Pública Federal, las cua les deberán consultar a la
* Diario Oficial de la Federación, 21 de mayo de 2003.
I.
II.
III.
Ley de la Comisión Nacional para el
Desarrollo de los Pueblos Indígenas*

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