Institución e intermitencia: el vínculo ciudadanía-Suprema Corte

AutorArturo Sotelo Gutiérrez
CargoDoctor en Ciencias Sociales y Profesor-Investigador Asociado del Departamento de Derecho de la UAM-Azcapotzalco
Páginas39-62
39
Doctrina
Institución e intermitencia: el vínculo
ciudadanía-Suprema Corte
Arturo Sotelo Gutiérrez*
Resumen:
El artículo describe como el desarrollo actual de la justicia constitucional ha desem-
bocado en la conformación de una nueva relación, antes prohibida, después permi-
tida y hoy en vías de institucionalización: el vínculo de la ciudadanía con la justicia
constitucional. El autor se enfoca en las ideas políticas detrás de la independencia
judicial, la participación deliberativa y la rendición de cuentas para la construcción
histórico-conceptual del vínculo. El análisis de caso expone distintas facetas de este
vínculo (alegato de oreja, amicus curiae y audiencias públicas ciudadanas) a partir
del análisis de la participación ciudadana ante la Suprema Corte de Justicia de la Na-
ción en relación a las disputas en derechos reproductivos de las últimas dos décadas.
Abstract:
The article describes how the current development of constitutional justice has led
to the formation of a new relationship, once forbidden, then allowed and now in the
process of institutionalization: the link between citizenship and constitutional justice.
The author focuses on the political ideas behind judicial independence, deliberative
participation and accountability for the historical-conceptual construction of the link.
The case analysis exposes different facets of this link (lobbying, amicus curiae and
public citizen hearings) from the analysis of citizen participation before the Supreme
Court of Justice of the Nation in relation to the disputes in reproductive rights of the
last two decades.
Sumar io: Introducción / I. Momentos del vínculo / II. El vínculo ciudadanía-juez
constitucional (conceptos y estudio de caso) / III. Ideas nales / Fuentes de consulta
* Doctor en Ciencias Sociales y Profesor-Investigador Asociado del Departamento de Derecho de la
UAM-Azcapotzalco.
40 alegatos, núm. 101, México, enero/abril de 2019
Introducción
El presente texto es parte de una investigación más amplia sobre el vínculo
entre la ciudadanía y diversas Cortes Constitucionales1 de América Latina. La
investigación marco, consideró, casos de disputas constitucionales en rela-
ción a los derechos reproductivos en toda la región en los últimos 15 años. En
ese contexto, México resultó un caso clave para Latinoamérica, no sólo por el
número de ocasiones en las que la Corte mexicana se ha tenido que pronunciar
sobre ese tema, sino por las diversas formas de vinculación que han tenido lu-
gar entre la ciudadanía y la Suprema Corte con esos juicios especícamente.
El vínculo entre ciudadanos y jueces constitucionales está construido por
una doble vía: sobre cómo se presentan los ciudadanos ante la Corte y de qué
forma ésta procesa ese acercamiento. Adicionalmente, se puede hablar de
vínculos formales e informales, es decir de aquellos que están contemplados
por el marco legal y los que quedan por fuera. Al proceso que va desde lo in-
formal hacia lo formal lo entenderé como institucionalización.2
La idea que sostiene este artículo es que a pesar de una resistencia histórica
—proveniente de una concepción particular de la independencia judicial— en
1 En este texto se utilizan de manera indistinta los términos Corte Constitucional, juez constitucional o
simplemente juez, para hacer referencia a aquellos entes colegiados, cabeza de los Poderes Judiciales,
que están facultados para hacer control jurisdiccional de la constitucionalidad de las leyes (o actos de
gobierno), llamado en la tradición anglosajona judicial review.
2 El autor clásico del institucionalismo, Douglas North, dene a las instituciones como las reglas del
juego en una sociedad, es decir, las limitaciones a la interacción humana. Desde esta perspectiva se
asegura que el principal papel de las instituciones es reducir la incertidumbre. Además, encuentra que
son estructurantes para la vida cotidiana, son una guía para la vida y son formales. Por un lado, utiliza
la analogía del deporte, donde las reglas provienen de un ente distinto a los jugadores. Así, el objetivo
de los jugadores es ganar a través de actividades estratégicas, coordinadas y a veces tramposas. Por
el otro lado, las reglas del juego consisten en la forma en que se desarrolla el juego, donde resulta
importante el papel del juez o árbitro. North, hace mención de las tres dimensiones de la institución:
1) son normas formales, 2) son de observancia coactiva y 3) limita las normas informales. Más allá de
las deniciones, el funcionamiento de las instituciones y su repercusión en la sociedad descansa en el
problema de la cooperación y las condiciones necesarias para ella. A diferencia de la teoría neoclásica,
para North la cooperación no se da por sí misma, sino que se encuentra supeditada al ambiente
propicio para ello y éste consiste en el de la predictibilidad, o en otras palabras, repetición. Cuando
la elección de los medios —en cuanto a los mismos nes— es rutinaria se reduce signicativamente
la complejidad y aumenta la certidumbre. Ver Douglas, North, Instituciones, cambio institucional
y desempeño económico, México, Fondo de Cultura Económica, 1993. En el ámbito judicial, el
institucionalismo es un enfoque que explica que las reglas formales que determinan la conformación
de las Cortes que denen perfectamente qué tipo de procedimientos y qué tipo de derechos o conictos
pueden conocer y resolver.

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