Una inovacion historica en materia de Derechos Humanos y lucha contra la impunidad: la Corte Penal Especial en Centroafrica

AutorDelphine Patetif
Cargo del AutorDoble Maestría Franco-Venezolana en Derecho Internacional en la Universidad de los Andes en Mérida en el 2009, tres Maestrías en Derecho Internacional, Derechos Humanos, y Asuntos Humanitarios en la Universidad de Aix Marseille (Francia) en el 2010
Páginas361-372

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I Introducción

Desde la consecución de la independencia en 1960, la República Centroafricana ha sufrido inestabilidad crónica. La crisis actual, que comenzó con un golpe de Estado en marzo de 2013, se debe a diferencias políticas, socio-económicas, así como deficiencias de gobernanza. La falta de rendición de cuentas y la impunidad endémica por crímenes atroces son factores ampliamente considerados como unas de las fuentes primarias de la volatilidad del país.

El Consejo de Seguridad aprobó la resolución 2149, en abril de 2014, por la que estableció la Misión de Estabilización Multidimensional Integrada de las Naciones Unidas en la República Centroafricana1.(MINUSCA). El Consejo de Seguridad

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ha destacado "la necesidad urgente e imperativa de ponerle fin a la impunidad en República Centroafricana y juzgar a los autores de violaciones del derecho inter-nacional humanitario y de los abusos y violaciones de los derechos humanos2". Se subraya "la necesidad de reforzar los mecanismos de responsabilidad nacional3". El Consejo de Seguridad también ordenó MINUSCA4 emplear medidas temporales urgentes (UTM) para mantener la ley básica y el orden y luchar contra la impunidad5.

El concepto de un tribunal dedicado a juzgar los crímenes más graves, incluyendo las violaciones del derecho internacional humanitario y los derechos humanos, fue presentado durante los debates previos a la celebración del Memorándum de Intención, que fue firmado por la MINUSCA y el gobierno de Centroáfrica en agosto de 2014, junto con las medidas temporales urgentes solicitadas por las autoridades Centroafricanas, y acordadas por la MINUSCA. Las medidas temporales urgentes incluyen asimismo arrestos y detenciones, así como un apoyo por parte de la MINUSCA a un Tribunal Penal Especial nacional establecido por y bajo la ley nacional en el sistema judicial nacional. El 22 de abril de 2015, el Consejo Nacional de Transición (CNT) de la Republica Centroafricana aprobó la ley que establece el Tribunal Penal Especial, y dicha ley fue promulgada por la Jefa del Estado de Transición, Catherine Samba Panza, el 3 de Junio de 2015.

Por primera vez en toda la historia de la Justicia Transicional, un tribunal especial es creado en un pais que todavía esta en conflicto, y en el cual la Corte Penal Internacional tien una investigación abierta. La aprobación de la ley es una clara indicación de la determinación de las autoridades de transición de Centroáfrica para luchar contra la impunidad. A pesar de los numerosos desafíos que habrá que enfrentar antes de que la Corte Penal Especial pueda ser funcional, su creación ofrece una oportunidad única para que la comunidad internacional, incluso las Naciones Unidas y la MINUSCA, apoyen los esfuerzos de paz y estabilización en el país.

La creación de dicha Corte Penal Especial ha necesitado solo nueve meses de negociaciones con todas las partes involucradas6. La redacción de dicha Ley nos tomó unos seis meses de dura labor, y tuvimos que tomar en cuenta cada vez los comentarios de la MINUSCA, y del Departamento de Misiones de Mantenimiento

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de la Paz en Nueva York para llegar a un resultado final aprobado por Nueva York y la MINUSCA. La Corte Penal Especial, tal como esta dibujada en la ley adoptada, será un mecanismo judiciario híbrido- es decir compuesto por jueces centroafricanos e internacionales- establecido en el seno del sistema judicial centroafricano, por un periodo de cinco annos, renouvelable.

II Antecedentes

Hay dos tipos de tribunales penales especiales internacionales: los tribunales penales y los tribunales ad hoc internacionalizados.

Los tribunales penales internacionales ad hoc son las jurisdicciones de las Naciones Unidas que se han creado para juzgar los crímenes internacionales (crímenes de guerra, crímenes de genocidio, crímenes contra la humanidad) en un conflicto específico. Tienen un mandato definido en el tiempo y el espacio. Aplicarán el derecho penal internacional y emitirán juicios que pueden ser ejecutados por la fuerza. El Consejo de Seguridad decide de la disolución.

Hay dos tribunales penales internacionales ad hoc. El Tribunal Penal Inter-nacional para la antigua Yugoslavia (TPIY) se estableció en 1993 para juzgar a los responsables de los crímenes cometidos en la ex Yugoslavia, a partir de 1 de enero de 1991. Se encuentra en La Haya, Holanda. Solo puede ordenar penas de prisión. El Tribunal Penal Internacional para el Ruanda (TPIR) fue creado por su parte en 1994 para juzgar a los responsables de crímenes de genocidio cometidos en Ruanda entre el 1 de enero de 1994 y el 31 de enero de 1994. Esta ubicado en Arusha, Tanzania.

Los tribunales internacionalizados también se llaman tribunales "mixtos" o "híbridos". Estos son tribunales especiales. Esta ubicados en el Estado donde se cometieron los crímenes. Incluyen los jueces nacionales e internacionales y aplican la legislación tanto nacional como internacional. Los tribunales mixtos tienen más legitimidad a impartir justicia que los tribunales nacionales, o incluso los tribunales internacionales. Sin embargo, los tribunales mixtos siempre han sufrido de una falta de recursos, y muy a menudo de una falta de voluntad política, lo que resulta de hecho imposible que los tribunales hacer que la justicia prometida al nivel prometido.

También existen el Tribunal Especial para Sierra Leona, el cual juzga a los actos cometidos durante la guerra civil en Sierra Leona; el Alto Tribunal iraquí para juzgar a Saddam Hussein así como los altos funcionarios del Partido Baath; las salas especiales de los tribunales de Camboya para juzgar los crímenes cometidos por los Khmers rojos; y, por último, el Tribunal Especial para el Líbano para juzgar el ataque en Beirut el 14 de febrero de 2005 en contra del ex primer ministro libanés Rafik Hariri, lo que le costó la vida.

El último tribunal especial nació oficialmente el 3 de junio 2015, en República Centroafricana, con la promulgación de una ley sobre el establecimiento de un tribunal mixto, llamado Corte Penal Especial.

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La ventaja de estos tribunales reside en que pueden aplicar al mismo tiempo el derecho interno y el derecho internacional. Por otra parte, los tribunales mixtos están compuestos por jueces internos y jueces internacionales. La fiscalía también esta compuesta por ambos. Este mecanismo parece el más adecuado, ya que permite el desarrollo de los juicios en el pais donde tuvieron lugar los crímenes juzgados.

Sin embargo, uno puede tener dudas sobre la imparcialidad de dicho tribunal, ya que las personas sospechadas de haber participado en los crímenes incriminados pueden participar. Por otra parte, por el hecho de que los tribunales mixtos tengan su sede en los países donde tuvieron lugar los crímenes cometidos y juzgados, la seguridad de los testigos y las víctimas puede verse comprometida. También los jueces pueden tener desventajas significativas en el desempeño de sus funciones.

Cada vez que se establece un tribunal penal internacional en un país que sale de un conflicto sangriento (como en Ruanda o ex Yugoslavia, por ejemplo), todas las expectativas de la comunidad internacional se concentran en él, ya que lo consideran como actor clave de la fase del "post-conflicto « , es decir que no sólo se castigaran a los culpables, sino de manera más amplia, se contribuirá a la reconciliación y la paz. Sin embargo, estas expectativas tienden a menudo a no realizarse. Mientras que estos tribunales cuestan por lo general mucho dinero, su impacto en términos de reconciliación al final y al cabo es a menudo pobre.

La razón es la brecha que existe entre los jueces internacionales y la población local. Esto provoca a menudo que el papel de la corte sea contra productivo: en lugar de apaciguar a la población...

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