Impuestos a la utilidad

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas9-55

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1. Reconocimiento contable del impuesto causado

La NIF D-4 nos define el impuesto causado de la manera siguiente:

Impuesto causado.- Es el impuesto a cargo de la entidad, atribuible a la utilidad del periodo y determinado con base en las disposiciones fiscales aplicables en dicho periodo.

Asimismo, distingue el impuesto causado del impuesto causado por pagar o cobrar, pues este último se define en los términos siguientes:

Impuesto causado por pagar o por cobrar.- Es el impuesto causado en el periodo, menos los anticipos enterados, más los impuestos causados en periodos anteriores y no enterados; cuando este resultado sea un importe a cargo de la entidad, representa un impuesto porpagar, de lo contrario, corresponde a un impuesto por cobrar.

Se destaca que, de acuerdo con las disposiciones fiscales vigentes, el impuesto a las utilidades de las empresas es el ISR.

En términos generales, la mecánica para determinar el ISR causado en el ejercicio, en el caso de las personas morales del régimen general, se establece en el artículo 9o. de la Ley del ISR y se muestra a continuación:

Ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio

(-) Deducciones autorizadas en el ejercicio

(-) PTU pagada en el ejercicio

(=) Utilidad fiscal (cuando el resultado sea positivo)

(-) Pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores, actualizadas

(=) Resultado fiscal (cuando el resultado sea positivo)

(x) Tasa del ISR

(=) ISR causado en el ejercicio

A su vez, por lo que se refiere al ISR por pagar o saldo a favor de este impuesto, la mecánica para determinarlo es la que a continuación se señala (artículos 9o. y 14 de la Ley del ISR):

ISR causado en el ejercicio

(-) Pagos provisionales del ISR

(=) ISR por pagar o saldo a favor

Ahora bien, el reconocimiento contable del impuesto causado, de conformidad con la NIF D-4, sería como sigue:

  1. Dentro del balance general, el impuesto causado debe presentarse como un pasivo a corto plazo.

Este importe debe incluir el impuesto causado y no enterado del periodo actual y de los anteriores, así como, los anticipos efectuados; si estos últimos fueran ma- lí

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yores, el importe neto debe presentarse como un activo a corto plazo. En caso de que la autoridad tributaria establezca que la fecha de entero del impuesto causado es posterior a los 12 meses siguientes a la fecha de cierre de los estados financieros, o bien, después del ciclo normal de operaciones de la entidad, dicho impuesto debe presentarse en el largo plazo.

Los pasivos y activos por impuesto causado clasificados dentro del mismo plazo deben compensarse en un sólo rubro, salvo que:

a) Tales activos y pasivos no correspondan a la misma autoridad fiscal.

b) No se tenga el derecho de compensar dichos impuestos ante la misma autoridad fiscal.

2. En el estado de resultado integral, el impuesto causado debe presentarse como un componente del rubro llamado impuestos a la utilidad, sin incluir el impuesto atribuible a las operaciones discontinuadas.

Con base en la NIF B-3, Estado de resultado integral, el impuesto a la utilidad del periodo debe presentarse enseguida del valor residual de las ventas o ingresos netos, después de sumarle o disminuirle, según proceda, las demás partidas de ingresos, costos y gastos, sin incluir las operaciones discontinuadas.

Para una mayor comprensión de lo anterior, a continuación se presentan los casos prácticos siguientes:

CASO 1

Una empresa dedicada a la compraventa de aparatos eléctricos desea determinar el ISR causado y por pagar en el Ejercicio Fiscal de 2016, con la finalidad de llevar a cabo su registro en contabilidad.

DATOS

Correspondientes al ISR:

* Resultado fiscal del ejercicio de 2016 $1 '400,000

* Anticipos del ISR efectuados en el ejercicio de 2016 $380,000

DESARROLLO

1o. Determinación dei ISR causado en el Ejercicio Fiscal de 2016.

Resultado fiscal $1 '400,000

(x) Tasa del ISR 30%

(=) ISR causado en el ejercicio $420,000

2o. Determinación del ISR por pagar del Ejercicio Fiscal de 2016.

ISR causado en el ejercicio $420,000

(-) Anticipos del ISR efectuados en el ejercicio de 2016 380,000

(=) ISR por pagar $40,000

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Nota:

Los saldos iniciales marcados con las siglas SI, son supuestos.

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5o. Por último, se muestra la presentación de los conceptos anteriores en los estados financieros (algunas cifras son supuestas).

a) En el estado de resultado integral.

Empresa ABC, S.A. Estado de resultado integral Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2016

Ventas netas $6'2G0,000

Costo de ventas $3'950,000

Gastos de operación 1'200.000 5'150.000

Utilidad de operación 1 '050,000

Otros ingresos y otros gastos 100,000

Costo integral de financiamiento 100,000

Utilidad antes de impuestos 850,000

Impuesto a la utilidad 420.000

Utilidad neta $430.000

b) En el balance general.

Empresa ABC, S.A. Balance general Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2016

ACTIVO PASIVO

Circulante: A corto plazo:

Efectivo en caja y Acreedores diversos $130,000 bancos $320,000

Anticipos del ISR _0 Impuesto a la

utilidad por pagar 40,000

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COMENTARIOS

Según se observa, en este caso práctico se obtiene impuesto a la utilidad por pagar en el ejercicio, por lo que se mostró el reconocimiento contable de los efectos correspondientes.

CASO 2

Una empresa dedicada a la compraventa de aparatos eléctricos desea determinar el ISR causado y por pagaren el Ejercicio Fiscal de 2016, con lafinalidad de llevar a cabo su registro en contabilidad.

DATOS

Correspondientes al ISR:

* Resultado fiscal del ejercicio de 2016 $1'400,000

* Anticipos del ISR efectuados en el ejercicio de 2016 $600,000

DESARROLLO

1o. Determinación del ISR causado en el Ejercicio Fiscal de 2016.

Resultado fiscal $1 '400,000

(x) Tasa del ISR 30%

(=) ISR causado en el ejercicio $420,000

2o. Determinación del ISR por pagar del Ejercicio Fiscal de 2016.

ISR causado en el ejercicio $420,000

(-) Anticipos del ISR efectuados en el ejercicio de 2016 600,000

(=) Saldo a favor ($180,000)

3o. Los asientos realizados por la empresa por los conceptos mencionados se presentan a continuación:

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4. El resultado de las cuentas de balance y de resultados por las operaciones anteriores es el siguiente:

Nota:

Los saldos iniciales marcados con las siglas SI, son supuestos.

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5. Por último, se muestra la presentación de los conceptos anteriores en los estados financieros (algunas cifras son supuestas).

a) En el estado de resultado integral.

b) En el balance general.

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COMENTARIOS

Según se observa, en este caso práctico se obtiene impuesto a la utilidad por recuperar (saldo a favor), por lo que se mostró el reconocimiento contable de los efectos correspondientes.

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2. Reconocimiento contable de los impuestos a la utilidad diferidos Generalidades

En el apartado anterior se mostró la manera en que, en términos financieros, se debe reconocer el impuesto a la utilidad causado en el ejercicio. Ahora bien, conforme a la NIF D-4, también se deben determinar activos y pasivos por impuestos a la utilidad diferidos y reconocerlos en los estados financieros.

Conforme a la técnica contable, el reconocimiento de activosy pasivos porimpuestos a la utilidad diferidos es indispensable para dardebida observancia a los actuales postulados básicos sobre los cuales debe operar el sistema de información contable, entre los cuales, citamos los siguientes, mismos que se definen en la NIF A-2 denominada "Postulados básicos":

Sustancia económica. La sustancia económica debe prevalecer en la delimitación y operación del sistema de información contable, así como en el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a una entidad.

Devengación contable. Los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo una entidad económica con otras entidades, de las transformaciones internas y de otros eventos, que la han afectado económicamente, deben reconocerse contablemente en su totalidad, en el momento en el que ocurren, independientemente de la fecha en que se consideren realizados para fines contables.

Asociación de costos y gastos con ingresos. Los costos y gastos de una entidad deben identificarse con el ingreso que generen en el mismo periodo, independientemente de la fecha en que se realicen.

Valuación. Los efectos financieros derivados de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a la entidad, deben cuan-tificarse en términos monetarios, atendiendo a los atributos del elemento a ser valuado, con el fin de captar el valor económico más objetivo de los activos netos.

La NIF D-4 define los impuestos diferidos de la manera siguiente:

impuesto diferido. - Es el impuesto a cargo o a favor de la entidad, atribuible a la utilidad del periodo y que surge de las diferencias temporales, las pérdidas fiscales y los créditos fiscales. Este impuesto se devenga en un periodo contable (periodo en el cual se reconoce) y se realiza en otro, lo cual ocurre cuando se reviertan las diferencias temporales, se amortizan las pérdidas fiscales o se utilizan los créditos fiscales.

Es importante mencionar que los activos y pasivos por impuestos a la utilidad diferidos se originan por las diferencias que existen entre la técnica contable y la legislación fiscal, en relación con el momento en que se deben reconocer los ingresos, costos y gastos, con el carácter de activos o pasivos.

Por lo anterior, es importante señalar que no se deben determinar activos y pasivos por impuestos a la utilidad diferidos portodas las diferencias que existen entre...

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