Hacia la certificación de los corredores públicos

AutorAlfredo Trujillo Betanzos
Páginas48-51

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Sólo mediante la certiicación constante de los corre-dores públicos en las diversas actividades que desempeñan como auxiliares de comercio podrán cumplir éstos a cabalidad su función de facilitadores del tráico comercial, sostiene el autor, abogado por la Escuela Libre de Derecho y corredor público número 65 del Distrito Federal.

Cuando el teniente coronel Tejero y sus hombres irrumpieron, aquella fría tarde de invierno de 1981, en el hemiciclo del Congreso de Diputados, en Madrid, el primero que se enfrentó al intento de golpe de Estado fue el vicepresidente del gobierno, el general Manuel Gutiérrez Mellado. Resulta curioso que fuera precisamente él quien ahora defendiera la democracia, cuando 40 años antes, al lado de Franco, daba un golpe de Estado que terminó con la república. Javier Cercas, en Anatomía de un instante, se pregunta el porqué de este cambio. Tal vez Gutiérrez Mellado pensó que el 23 F no tenía nada que ver con la guerra de 1936; tal vez pensaba que todo había cambiado, sin darse cuenta de que quizás él era el diferente. Poco importa la respuesta; lo trascendente es saber que todo evoluciona y todo se transforma: las circunstancias de un día no tienen nada que ver con las de la mañana siguiente.

Mis viejos decían al niño que fui, que nadie se baña dos veces en el mismo río, pues todo pasaba y nada se presentaba en dos instantes de la misma forma. Esto, que es cierto para la vida, lo es aún más claro en el mundo del comerciante, por su celeridad; el comercio es indudablemente el motor de la civilización, todo se desarrolla con base en él y a pasos agigantados. ¿Cómo concebir el descubrimiento de América si no es por la búsqueda de rutas comerciales? ¿Cómo explicar la grandeza y la semejanza de Venecia y Ámsterdam en la Edad Media, si no es por el intercambio comercial1¿Se habrían dado las cruzadas si no hubiera habido un afán mercantil? ¿Habría perdido interés la humanidad en los viajes a la Luna, si no hubiera sido por su poco valor comercial?

El comerciante busca generar riqueza, y en ese camino siempre ha requerido auxiliares, especialistas en diversas materias, que le ayuden en su cometido. El corredor público es uno de esos auxiliares, quien a través de su actividad tiene como única función facilitar el tráfico comercial. Desde Marco Polo, quien es el precursor de la correduría pública,2hasta el moderno corredor público, la especialización en diversas materias, la actualización en las mismas y el conocimiento del comercio,

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han sido fundamentales para poder auxiliar en forma correcta al comerciante.

Antiguamente, esa capacidad del corredor era reconocida por sus pares y por los comerciantes a quienes servía. No era necesaria la intervención del Estado, ya que lo único importante era el crédito mercantil que tuviera la persona. Hoy eso no es posible y por eso el Estado reconoce unas capacidades y otorga ciertas habilidades para que el corredor público pueda prestar sus servicios.

Partiendo de lo expresado anteriormente, este artículo se puede resumir en dos simples preguntas: ¿basta la habilitación que el Estado brinda al corredor público para garantizar la correcta prestación de su servicio? y ¿esa habilitación que certifica que el individuo está capacitado para ser corredor público un día puede seguir garantizando lo mismo años después?

Debemos entrar al análisis de estas cuestiones y no actuar como el cuervo de Poe -que simplemente decía nevermore-, estando conscientes de que la correduría pública, desde el punto de vista económico, se encuentra por debajo de la Frontera de Posibilidades de Producción (FPP), lo cual es necesario revertir.

Naturaleza de la habilitación

Resulta curioso que en todo momento, y pese a que en muchas partes -diría que demasiadas- la LFCP copió a la Ley del Notariado para el Distrito Federal, se dé al reconocimiento del individuo como corredor público el nombre de "habilitación" y no "patente". ¿Ésta es sólo una cuestión de gusto terminológico o implica mucho más?

El Diccionario de la Real Academia Española, entre las muchas definiciones que da del término patente, menciona las siguientes: a) título o despacho real para el goce de un empleo o privilegio; b) cédula que dan algunas cofradías o sociedades a sus individuos para que conste que lo son, y para el goce de los privilegios o ventajas de ellas; c) testimonio que acredita una cualidad o mérito (las cursivas son mías).

De lo anterior podemos inferir que la "patente" es el reconocimiento de un privilegio o de una cualidad que conlleva privilegios. Cualquiera que haya seguido las aventuras del capitán Alatriste, a través de...

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