¿Qué hacer ante el SAT si una persona física o moral se ubica en el listado de contribuyentes incumplidos?

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¿Qué hacer ante el SAT si una persona física
o moral se ubica en el listado de
contribuyentes incumplidos?
Introducción
El artículo 69 del CFF establece la denominada “reserva fiscal”, la cual consiste en que el personal oficial que in-
tervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar
absoluta reserva en lo concernient e a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terce ros
con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación; sin embargo, la
reserva no procede en ciertos casos, entre ellos, en el supuesto de aquellos que se incluyan en el “listado de contri-
buyentes incumplidos” que se publica en la página de Internet del SAT; además, la inclusión en el listado puede traer
otras consecuencias tales como n o obtener la opinión favorable del cumplimiento de las obligaciones fiscales o que
se cancele al contribuyent e el certificado de la Fiel.
Por lo anterior, los contribuyentes que aparezcan en el listado pueden presentar una aclarac ión ante el SAT a fin de
que se elimine la información publicada en dicho portal. Comentamos el procedimiento aplicable.
Confidencialidad de las declaraciones y datos suministrados (reserva fiscal)
De acuerdo con el artículo 69 del CFF, el personal oficial que intervenga en los diversos trámites re lativos a la aplica-
ción de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva respecto a las declaraciones y datos
suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de
las facultades de comprobación.
Taller de prácticas FISCAL
A25
1a. quincena
octubre 2017

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