¿Qué hacer por la capacitación judicial?

AutorOliver Hidalgo Matus
Páginas107-143
107
Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
¿QUÉ HACER POR LA CAPACITACIÓN JUDICIAL?
WHAT TO DO FOR JUDICIAL TRAINING?
Oliver Hidalgo Matus*
RESUMEN: La actual capacitación judicial, federal y estatal, in-
dudablemente se encuentra en evolución. Los poderes judiciales
van trabajando y logrando cumplir con su labor, gracias a que
-
risdiccionales invierten tiempo y dinero en capacitarse en cues-
    
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la constancia en determinados cursos. Por lo anterior, es nece-

ello se requiere reorganizar la capacitación, volverla incluyente

laboral y aplicar un estricto control administrativo.
PALABRAS CLAvE: Certeza; organización; inclusión; control;
fortalecimiento.
ABSTRACT:      
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administrative control.
KEyWORDS: Certainty; organization; inclusion; control; strengthening.
* Jefe de Departamento en el Instituto de la Judicatura Federal. Maestro en comunicación es-
tratégica para gobiernos e instituciones. Contacto: omatusss@gmail.com
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
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SUMARIO: I. Introducción. II. La actual capacitación judicial.
1. Conceptos. 2. Acceso a la capacitación judicial. A. Personal
-
cial. C. Las instituciones de capacitación judicial ICJ. III. Una
visión para capacitar. 1. Temas de capacitación. 2. Prioridades
en la capacitación. 3. La modalidad de capacitar. 4. Vertiente de
capacitación. 5. La organización de la capacitación. A. Forma-
ción obligatoria para cada nivel de la carrera judicial y prepara-
 
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po de la capacitación. 7. Garantizar una capacitación efectiva.
8. Las instituciones de capacitación judicial. IV. Conclusión.
V. Referencias.
I. Introducción
L-
       
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     1 asuntos a los órganos
jurisdiccionales estatales y 1’023,8742 a los federales, llegando a un total apro-
ximado de 2’834,855 asuntos a nivel nacional (cifras de 2015), en diversas

para la resolución de estos casos, se requieren funcionarios sumamente capa-
citados y especializados en la materia asignada, complementada con materias
    
por mencionar algunas.
Las instituciones encargadas de la investigación, formación, capacitación y
actualización del personal que integra el Poder Judicial y quienes aspiren a per-
tenecer a él son los Institutos de la Judicatura, también nombrados Escuelas
Judiciales y, en algunos casos, centros, dependiendo de cada entidad federativa.
1    -
 
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
2 Suprema Corte de Justicia de la Nación, Informe Anual de Labores 2015  
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
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Revista del Instituto de la Judicatura Federal
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
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citación judicial, capacitación y centro de mediación, capacitación y Escuela
Judicial, especialización, estudios judiciales, formación judicial, formación y
     

en total 33 instituciones dedicadas a la capacitación judicial (ICJ).

necesario tomar en consideración varios aspectos, entre ellos, si los temas
rectores en que se va a capacitar son de formación y obligatorios para la ca-
rrera judicial o, en su caso, son cursos complementarios u opcionales, como
       
ética. Otro aspecto es determinar las prioridades de la capacitación dentro
  
      -
citación, creando programas robustos que contengan la temática necesaria,




 
  
mejorar el desempeño del personal. Por último, la capacidad de la institución:

De nada sirven grandes proyectos si no se pueden concluir.
II. La actual capacitación judicial
1. Conceptos
Educación
Conforme a la Real Academia Española (RAE), la educación es la crianza,
enseñanza y doctrina que se da a los niños y a los jóvenes. También considera
-

¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
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Desarrollar o perfeccionar las facultades intelectuales y morales del niño o del
joven por medio de preceptos.3
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia
y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en inglés)4 divide el concepto de edu-
 
comprende actividades educativas organizadas fuera del sistema educativo
formal. Considera que la educación no formal abarca las actividades educa-
tivas destinadas a la alfabetización de los adultos, la educación básica de los
niños y jóvenes no escolarizada y la adquisición de competencias necesarias
para la vida diaria, competencias profesionales y cultura en general.
De lo anterior se puede comentar que educar, en principio, es la base de
una serie de conocimientos que el individuo irá adquiriendo y perfeccionan-
do a lo largo de la vida. De tal suerte que el concepto educar se toma en el
sentido globalizado de adquisición de conocimientos. Respecto de la función
que tienen encomendadas las instituciones de capacitación judicial, se estará
conforme a lo que dispone la legislación, los conceptos de investigación, for-
mación, capacitación y actualización, en el sentido de que los conocimientos
que se adquieren en las instituciones de capacitación judicial no son la base
   -
 -
cos (la administración de justicia, por ejemplo), encaminados a fortalecer los
      
función judicial y posteriormente a una competencia profesional (la selección
del personal de carrera judicial).
Capacitación
Para la Real Academia Española, el concepto capacitación es la acción y efecto
      
para algo.5
Gestión.org,
       
3 Diccionario de la lengua española  

4 UNESCO, (EPT Educación para Todos) Informe de seguimiento de la EPT en el mundo
    

5 Ibidem, concepto capacitación.
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“Las acciones formativas que lleva a cabo una empresa orientadas a ampliar

función a las necesidades de la empresa”.6
De lo anterior, se puede considerar que con la capacitación se adquieren
conocimientos encaminados a mejorar la formación académica del indivi-
duo en lo técnico y en lo práctico, de manera general, además de ampliar
o mejorar su aptitud para la competencia laboral. Este concepto se apega a
las actividades sustanciales delegadas a las instituciones de capacitación judi-
cial, conforme a la normatividad aplicable y los objetivos que se pretenden
alcanzar.
Formación
Para la Real Academia Española, es la acción y efecto de formar o formarse,
y considera que formar es preparar intelectual, moral o profesionalmente a
una persona. 7
-
fesional, institucionalizada o no, que prepara a la persona para una profesión
en determinado mercado de trabajo. 8
 -
nocimientos globalizados encaminados a preparar al individuo para realizar
determinada profesión. El término, aplicado a las actividades de las institu-
ciones de capacitación judicial, redunda en preparar al individuo de manera


Actualización
   actualización como la acción y efecto de
9
6      
-

7 Diccionario de la lengua española, cit., concepto for mación.
8   Administración de recursos humanos     
        

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9 Diccionario de la lengua española, cit., concepto actualización.
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
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
cúmulo de conocimientos, pero en un periodo posterior al proceso de ense-
ñanza original, con la intención de comprender los avances en la materia, ob-
tener nuevos enfoques y aplicar el saber a contextos vigentes.10 Considerando

De lo anterior, se puede considerar que la actualización es el conocimiento
en su última versión que recibe el individuo (cuenta con un conocimiento y
-
rrolla. Este concepto se apega a las actividades que desarrollan las institucio-


lo previamente establecido.
2. Acceso a la capacitación judicial
De manera muy general, el ingreso a la capacitación en las instituciones de
-
net, publicidad impresa expuesta en diversos espacios e instalaciones públicas
y en algunos casos por invitación. En las convocatorias regularmente se es-
       -
lles del evento, dependiendo de cada ICJ, para aquellas que no cuentan con
reglamento, requieren de convocatorias muy detalladas. Hay convocatorias
que abren la oportunidad a personal externo al Poder Judicial (académicos,
público en general, estudiosos, etcétera).
A. Personal que integra el Poder Judicial
Uno de los mayores retos es, sin duda alguna, lograr que todo el personal
que integra el Poder Judicial acceda a la capacitación que imparten las ins-
tituciones de capacitación judicial.
Se tiene conocimiento que no todos los titulares permiten a su personal
-
sideran que el tema de la capacitación no tiene nada que ver con la función
que desempeñan, por ello el personal no se inscribe, además que en algu-
10 Javier Carlo, Regularización, actualización y capacitación: buenos hábitos de aprendizaje, Publicado en la
web de Razón y palabra.

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Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
nos casos las convocatorias requieren que el aspirante presente una carta
de autorización del titular del órgano jurisdiccional al que pertenecen.

respecto de la obligación de capacitar. Esta condición no se encuentra ple-
namente establecida (al menos textualmente) en la normatividad que rige
las instituciones de capacitación judicial. La Ley Orgánica del Poder Judi-
cial,11 -
tación que imparten las ICJ corresponde a la obligación que todo patrón
tiene de capacitar a sus trabajadores en las actividades que desempeña.
  

Por otra parte, se tiene la obligación que impone el Consejo de la Ju-
      
el personal debe registrar la entrada y salida laboral en los controles de
asistencia establecidos.
Otro aspecto que se tiene es que las ICJ regularmente organizan la

  
titular, debido a que se encuentra en la situación de estar obligado a regis-

Personal externo al Poder Judicial
Este grupo se encuentra limitado a cada convocatoria para su ingreso. No
existe estipulación alguna que indique, por ejemplo, un porcentaje de ad-

carrera judicial y no es posible la aceptación de externos. Sin embargo, en
cursos de temática general regularmente son admitidos. Es de comentar

C. Las instituciones de capacitación judicial ICJ
      
judicial, de las cuales solamente siete cuentan con su propia página web. De
11    -
nica del Poder Judicial sea federal o estatal, el texto es tomado de la Ley Orgánica del Poder
  

¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
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las 26 restantes, algunas tienen micro-sitio en la web del Poder Judicial de
su entidad, y otras se encuentran en el menú de la web del Poder Judicial

instituciones encargadas del porvenir en la administración de justicia.
Aunado a lo anterior, solamente nueve cuentan con un programa de
capacitación, cinco tienen publicado su reglamento, once tienen publicado
su directorio y la plantilla de personal. De las once que publican su direc-
-
nalmente, algunas rebasan los 50 integrantes. Respecto de la publicación
de sus eventos, se tiene que algunas que cuentan incluso con su propia
página web         

información.
      
interés en la capacitación, la falta de recursos económicos, la falta de or-
ganización. Hay portales web que, al ingresar, muestran la información de
manejo exclusivo de los órganos jurisdiccionales. La capacitación debe ser
un tema separado de las actividades jurisdiccionales, no se pueden combi-
nar las actividades jurisdiccionales, administrativas y de capacitación, esta
situación no genera interés en los usuarios, que requieren de apoyo orga-

sobretodo, reconocimiento. Por ello, es necesario impulsar el desarrollo,
potencializar la imagen institucional de la capacitación, si la ICJ se en-
cuentra en el portal del Poder Judicial, es necesario separarlo en un menú

Como toda organización, las ICJ se deben adecuar, en principio, a las
    
     
institución funcionan como el juego de sube y baja, lo sano es el equilibrio,

involucrar a los titulares de órganos jurisdiccionales en lo académico, ofre-
    
observe cambios positivos para lograr en un futuro cercano mejores bene-

De manera excepcional, alrededor de diez ICJ se encuentran estructu-
radas, tanto en su organización como en su programación, su presencia en
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la red y su acceso. Un aspecto por mencionar es lo relativo al reglamento
que apenas se empieza a trabajar. El reglamento es parte fundamental de
la normatividad que debe regir una institución, por ser el instrumento don-
   -
-
co ICJ tienen publicado su reglamento (excepcionalmente algunas cuentan
con varios reglamentos).12 Cuando no se cuenta con un reglamento, toda
la carga de control se debe incluir en las convocatorias, con ello, los crite-
rios de capacitación van cambiando conforme a la administración que se

también cambian. Algunos cursos se evalúan y otros no, en algunos no se
realiza control escolar de asistencia, en algunos se promueve la docencia
extranjera. En términos generales, siendo este un tema administrativo co-
rresponde a los encargados de las ICJ mostrar el camino por el cual transi-
ta la capacitación jurisdiccional.
Un aspecto que se empieza a descubrir en algunas ICJ es el de conver-
tirse en intermediarios de la capacitación jurisdiccional, esto es, realizan
la contratación de todo el evento (de capacitación) con alguna institución
educativa. La institución contratada se encarga de la programación, or-
ganización, asignación y pago de profesores,13 de la impartición e incluso
del control escolar. Las ICJ únicamente liquidan el contrato y se libran de
   
tienen trabajo administrativo). En este aspecto, la pregunta surge: ¿la rec-

Ello, en concordancia con lo que dicta la Ley Orgánica del Poder Judicial
de la Federación, al referir que “los programas que imparta el Instituto,14 o
que el Instituto podrá coordinarse  
12         -
gánica del Poder Judicial dela Federación. Algunas ICJ son la excepción, cuentan con varios
reglamentos, entre ellos: reglamento para control escolar, reglamento para exámenes de apti-
tud, reglamento interior (actividad administrativa), incluso para la biblioteca.
13 
no puede decir nada porque ella no contrató al profesor, en algunos casos inician muy tarde o

14         
        
no indicar que la puede contratar o en su caso la subcontrate, toda vez que quien tiene que
impartir los cursos es el propio instituto, con el apoyo o el auxilio de profesores provenientes
de otras instituciones educativas.
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
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estas lo auxilien15 sin embargo la
   

en vista de que la institución contratada en el monto estimado ya considera
      
como una ganancia, y, por lo tanto, el costo real en la capacitación se eleva
a grandes proporciones y con ello el acceso se limita, menos miembros del
Poder Judicial acceden a capacitarse, aunado a que las instituciones impo-
nen un determinado número de alumnos.
Es de mencionar la relación de las instituciones de capacitación con los
consejos de la judicatura y las áreas de carrera judicial cuando no se tienen
parámetros establecidos (falta de reglamento), se avanza conforme al crite-
rio de cada administración o, en algunos casos, se ponen a consideración
del Consejo programas anuales, programas semestrales, en el peor de los
 
la capacitación o la conclusión de los programas. En algunas administra-
ciones, la capacitación toma como base los objetivos plasmados en los pla-
nes de desarrollo institucional, el programa de trabajo del presidente del
tribunal, las directrices del área de carrera judicial, por mencionar algunos,
a falta de un programa de largo plazo. Otro aspecto es que, a falta de un
reglamento, el Consejo de la Judicatura o en su caso las áreas de carrera ju-
dicial, emiten acuerdos para delinear la capacitación o corregir lineamien-
tos no previstos en las convocatorias, sobre todo aquellos que involucran
a los titulares de los órganos jurisdiccionales para asistir a la capacitación.
Esta situación ocasiona que los encargados de las ICJ adapten constan-
    -
rando con ello una falta de secuencia en la capacitación. En los órganos




también se encuentra normado y pocas veces se incluye en la capacita-
      

se toma en cuenta. El lado subjetivo es un aspecto del que pocas veces se
15 
117
Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
-
titucionales de la carrera judicial:16 excelencia, objetividad, imparcialidad,
profesionalismo e independencia. Aunque pocas veces se observan noticias
negativas sobre el actuar de los administradores de justicia, lo cierto es que
la lista de casos va en aumento, como ejemplo: el acoso sexual, el acoso
laboral, actos de corrupción, incluso nepotismo. La prudencia, el decoro,
     
ende, es necesario empezar a sensibilizar al personal en estas virtudes, con
el objeto de mejorar la imagen de la institución y que mejor que la capaci-
tación incluya materias relacionadas con el código de ética.
De lo anterior, los consejos de la judicatura y las instituciones de capa-
citación judicial deben estar en constante acercamiento para ir orientando


aspectos vulnerables que se pueden corregir desde la capacitación, agre-
 

17
III. Una visión para capacitar
El concepto capacitación se expone en el sentido de englobar de manera general

de capacitación se debe considerar la investigación, formación, capacitación,
actualización y la especialización.
   -
pacitación judicial tienen a su cargo la capacitación del personal de las áreas
administrativas del Consejo de la Judicatura Federal, de esta capacitación no

-
sarios para el adecuado desempeño de la función judicial”.18 En consecuencia,
    
jurisdiccionales, por lo que se considera que la capacitación para el personal

16 
17 
18 
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
118
que labora en los órganos jurisdiccionales, aunque en los órganos jurisdiccio-

consideración que la función sustantiva del Poder Judicial es netamente juris-
diccional, y de manera secundaria administrativa (dentro del mismo órgano

la actividad jurisdiccional.
1. Temas de capacitación
En principio de deben visualizar los requerimientos de capacitación sobre
  
    
temas de especialización (como el ambiental, laboral, como en su momento
lo fueron las telecomunicaciones o el nuevo sistema de justicia penal). La ética
por ejemplo debe estar presente en todos los cursos básicos, es una imposición

él. Considerar una capacitación complementaria a los temas rectores, como
-



las actividades sustanciales (investigación, formación, capacitación, actuali-
zación) y empezar a conformar los proyectos o programas a desarrollar, pre-
viendo tiempo, lugar, destinario, entre otros factores.
Es de mencionar que la capacitación no se debe ver como el lanzamiento
  
 
   
no debe salir a publicarse y ver a quien le interesa, a ver quién se inscribe, sino
que debe enfocarse a determinado personal con singulares necesidades. Esto
se menciona debido a que se publican eventos y posteriormente, es necesario
realizar su cancelación, porque no despertó el interés y muy pocos se inscri-
     
inviten a su personal a inscribirse. Sin embargo, algunos eventos se realizan,
aunque solamente llegan unos cuantos (ni la mitad de lo previsto), en razón
 -
        -
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Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
 
propuesta del tema a capacitar y del personal a recibirla, se garantiza enfocar
la capacitación a una necesidad real y se garantiza la asistencia de alumnos a

-

titulares respecto de la capacitación de su personal.
Con lo anterior, resulta muy importante mencionar que quienes saben
cuáles son las necesidades de capacitación son los propios titulares, puesto
que ellos revisan el trabajo del personal y pueden observar a qué personal

falta un curso básico. Si las ICJ no se abren a la interacción con los titulares,
-
 
las ICJ capacitan al personal jurisdiccional a su modo, y no de acuerdo con
las necesidades reales que se presentan en los órganos jurisdiccionales.
2. Prioridades en la capacitación

sus prioridades, esto es, si está prevista la creación de nuevos órganos jurisdic-
-
tación especial y, con base en esas prioridades, calendarizar los eventos para
su desarrollo. El objetivo es capacitar a quien realmente tenga una necesidad
     
jurisdiccional de mejor calidad.
La capacitación, según dispone la ley, debe tener como objetivo “lograr
que los miembros del poder judicial y quienes tengan el deseo de ingresar
a la institución fortalezcan los conocimientos y habilidades necesarios para el adecuado
desempeño de la función judicial”.19 En interpretación personal, para capacitar
  
del personal de los órganos jurisdiccionales, y, con base en ello, implemen-
tar los mecanismos de capacitación. Pero ¿Cómo saber esas debilidades del
 
actividades que realiza cada persona, pueden deducir qué debilidades tiene el

19 
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
120
la capacitación que requiere su personal y con base en ese requerimiento las

esos conocimientos.
A partir de lo anterior, se puede considerar que las ICJ no funcionan de la
manera planteada, contrario a ello, desarrollan programas para ver a quien
          
problemática o necesidad del conocimiento en los órganos jurisdiccionales,
otro aspecto es el incumplimiento al objetivo manifestado en la norma, pues
        
 
las debilidades reales que presenta al realizar sus actividades en el órgano
jurisdiccional, completamente contrario al objetivo encomendado por la ley.
3. La modalidad de capacitar
En este apartado, es necesario determinar qué eventos son susceptibles de
realizarse de manera presencial o de manera virtual, o cuáles requieren ser

tiene mayor respuesta que la virtual. La capacitación virtual tiene mayor pre-
sencia para el personal que se encuentra alejado de la sede central.
Para las instituciones de capacitación judicial, da inicio la adaptación de
acuerdo con las necesidades materiales, tomando en consideración la dispo-
   
manera presencial, incluso limitar el cupo de inscritos acorde a la disponibi-

que no cuentan con una página web
a realizar eventos de manera presencial.
La problemática que se observa cuando no se cuenta con un sitio web de
la institución de capacitación judicial es depender de un área de informática,
la cual a su vez recibe instrucciones de otra área que no es la ICJ, lo que con-
   
virtuales, de actualizar la publicidad, de abrir registros, etcétera. Cuando se
cuenta con una página web, permite incluir un apartado para la impartición
de capacitación virtual, debido a que se requiere agilidad en actualizar ma-
         
requiere contar con personal capacitado que atienda exclusivamente el sitio
web, de ser el caso, de los cursos virtuales.
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Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
El recurso económico es otro factor a considerar. Si bien no se tienen
cifras exactas sobre el presupuesto asignado en cada una de las ICJ, lo cierto


     
capacitación y buscando la opción más conveniente. Si una ICJ cuenta con
         
   -
cas). En este rubro, se sugiere a las ICJ que no cuentan con la disponibilidad
-
nal de los órganos jurisdiccionales. Hay desde actuarios, secretarios, jueces
     

Qué mejor que los propios titulares con su experiencia vayan formando al
personal de carrera judicial que se encuentre cerca de su adscripción. Otra
-
laboración con las instituciones de educación superior, para que en lo posible
apoyen la capacitación judicial.

cada entidad para su realización. Para demostrar que modalidad es mejor, se
-
 20 y el estado de Veracruz, 71.8
21 En este ejemplo es evi-
dente que resulta más viable para el estado de Colima enfocar la modalidad
presencial y quizás no requiere de un campus virtual (en vista del tamaño,
     -
cruz, es más viable que la modalidad de capacitación sea mixta, tomando en
     
En la capacitación presencial, es más viable enviar al profesor a Tuxpan que
traer al personal de Tuxpan a capacitarse a Xalapa por ejemplo (en el aspecto

la posibilidad de recibir mayor población al mismo tiempo). El traslado tanto
-

20            

21 Ibidem, (Veracruz).
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
122
4. Vertiente de capacitación

     
personal del Poder Judicial, como se encuentra previsto en la propia norma
-
ble, que sea de excelencia, de la mejor calidad, dada la función sustancial de
-
re personal sumamente capacitado en las actividades jurisdiccionales, la admi-
nistración de justicia no se puede improvisar, requiere estudio, razonamiento,
de manera general, requiere de una verdadera carrera judicial.
De lo anterior, se considera que la necesidad de capacitación estará rela-
cionada con base en el desempeño del personal en cada una de las activida-
des que le sean encomendadas. Tomando en consideración el objeto previsto
en la ley,22
que recopilar la información respecto de la necesidad en capacitación que
     -


trabajo y de manera general su conducta en el desempeño de sus funciones.
La sugerencia que se presenta es en el sentido que, si la ley crea a las ins-
tituciones de capacitación judicial, es con el objeto de fortalecer los conoci-


 
ante la debilidad del conocimiento es necesario fortalecerlo para el adecuado


propongan al personal que requiere de esa capacitación.
Se puede considerar que la vertiente principal de la capacitación surge
directamente en las debilidades que presenta el personal en los órganos juris-
-
ción de necesidades o en su caso que los titulares propongan la capacitación
y el personal idóneo, con base en las debilidades que presente el personal en
22 
123
Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017

un mejor desempeño en las funciones del personal a su cargo.
5. La organización de la capacitación
-

la primera en la formación obligatoria para cada nivel de la carrera judicial y
-
da, referente a la capacitación complementaria a la carrera judicial. Incluir en
ambos casos un apartado directo a las aptitudes éticas (excelencia, objetividad,
imparcialidad, profesionalismo e independencia), enmarcadas como principio
de la función judicial en nuestra Constitución.
ICj solicitan a titulares
necesidades de capacitación
o envían propuesta de cursos
Titulares envían
necesidades de capacitación
(propuesta de cursos)
ICJ solicitan a titulares
propuesta de personal
para capacitarse
Personal propuesto se
obliga a concluir con la
capacitación, aprobar las
evaluaciones, no salir
anticipadamente, etc.
Una vez concluida la
capacitación, las ICJ envían
a los titulares el detalle del
personal que propuso
y en su caso la
constancia respectiva
Beneficio.
Se mejora la capacitación, los
al
umnos reciben s conocimientos,
mejora la permanencia de los
alumnos en la capacitación.
La capacitación que se imparta
es una necesidad real.
Beneficio.
Los titulares son tomados en
consideracn, al participar en la
propuesta del personal.
Se garantiza el servicio en los
órganos jurisdiccionales
(ausencia de personal).
Beneficio.
Solución a la necesidad real
planteada por el titular.
Se mejora el desempeño
del personal.
La Actividad de las ICJ requieren
de la participación de los titulares de
órganos jurisdiccionales para lograr una
capacitación efectiva
Si los titulares proponen la capacitación y
al personal que la requiere, es de entender
que el titular desea mejorar el servicio
Los titulares deben estar enterados del
desempeño de su personal en las ICJ
Cuadro de elaboración personal
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
124
A. Formación obligatoria para cada nivel de la carrera judicial y preparación de exámenes
de acceso a carrera judicial
Conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se ordena
al Instituto llevar a cabo cursos de preparación para los exámenes a las dis-
23
al personal para realizar exámenes en los cargos de la carrera judicial como
son: actuarios, secretarios, jueces y magistrados. Por lo tanto, los eventos en-


   
     -
cretario y de manera excepcional para juez y magistrado, en las entidades
federativas son excepciones en las que se tiene registro sobre algún evento
enfocado a prepararse para un examen de carrera judicial. Por lo tanto, este
-
ria tal cual lo ordena la normatividad, e impartirse de manera continua.
23 
Presentación de
elaboración personal
La formación jurisdiccional requiere cuando menos
Aptitud,
desarrollo personal,
conocimientos de ética institucional,
cultura general, laboral, de relaciones
humanas, servicio y atención al
público, comunicación,
etcétera
Conocimiento administrativo:
habilidades de redacción,
ortografía, sistemas de
cómputo general y
jurisdiccional, actividades
administrativas
etcétera
Conocimiento jurídico:
estudio y actualización
jurídica
125
Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
La formación recae en preparar al individuo de manera integral para
 
caso, se considera desarrollar eventos de formación básica para operativos,
de actuarios, de secretarios, de jueces y de magistrados. En esta forma-
ción se consideran las actividades que se desarrollan en cada nivel de la

jurisdiccionales.
Globalizar las actividades conforme a la carrera judicial y desarrollar
programas completos nos lleva a considerar que los integrantes de cada
          
puesto que pretenden desempeñar y, por ende, la función que desempe-

observarán los principios éticos de excelencia, objetividad, imparcialidad,
       
positiva del Poder Judicial.
De lo anterior, se puede considerar el desarrollo de cursos de prepa-
ración para presentar exámenes a los distintos puestos de la carrera ju-
  
abarquen de manera global toda la actividad a realizar, que incluyan las

-
 -
ción, entre otras.
Por tratarse de una formación, se considera que la duración no puede
      

¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
126
Capacitación complementaria a la carrera judicial
Si la formación obligatoria envuelve toda una serie de actividades que se de-

la adquisición de conocimientos que no necesariamente conformen un cur-

enfocados a robustecer las actividades sustanciales de las ICJ como son la
Personal
operativo
Actuarios
Secretario de
Juzgado /
Tribunal
Se consideran
en formación
Magistrados
Jueces
En el ámbito federal, el fundamento legal: LOPJ Art. 96. El Instituto de la Judicatura
llevaa cabo cursos de preparación para los exámenes correspondientes a las distintas
categoas que componen la carrera judicial.
Presentación de elaboración personal
Personal de órganos
jurisdiccionales
Especialidad para Magistrado (desarrollo
y dominio de habilidades para solución
de problemas jurídicos complejos, de
investigacn, debate y capacidad para
persuadir, control emocional, así como el
perfil ético V)
Especialidad para Jueces (desarrollo y
dominio de habilidades administrativas, de
organización, supervisión, de especialización
e investigación y análisis, de las activides
jurisdiccionales, administrativas, de gestión y
responsabilidad, así como el perfil ético IV)
Curso básico para Secretarios de Juzgado y
Tribunal (desarrollo y dominio de
capacidades, habilidades jurisdiccionales y
administrativas, vocación jurisdiccional del
Secretario y el perfil ético III)
Curso básico para Actuarios
(desarrollo y dominio de habilidades
jurisdiccionales y administrativas del
Actuario y el perfil ético II)
Curso básico sobre la función
jurisdiccional (la actividad que se
realiza en el órgano jurisdiccional y
el perfil ético del servidor público I)
127
Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
-
cluir conferencias, talleres, mesas de discusión, especialidades, diplomados,

En este conjunto, se considera que los eventos pueden tener una duración
   -
  
duración de dos años. Otra consideración es que no necesariamente tienen
que desarrollarse de manera constante (inicio continuo), sino conforme al
presupuesto asignado.
Para una mayor ilustración se presentan los cuadros siguientes previstos
para cada función sustancial, capacitación, actualización e investigación:
Personal
operativo
Actuarios
Secretarios
Se consideran
en capacitación
Magistrados
Jueces
Conocimientos encaminados a mejorar la formación académica del individuo, en lo técnico,
en lo práctico, de manera general, ampliar o mejorar su aptitud para la competencia laboral
Presentación de elaboración personal
Personal de órganos
jurisdiccionales
Cursos, conferencias,
diplomados, talleres, mesas
de discusión, etc. enfocados
a la función de los titulares
de órganos jurisdiccionales
Cursos, conferencias,
diplomados, talleres, mesas
de discusión, etc. enfocados a
la función de secretarios de
juzgado y tribunal
Cursos, conferencias,
diplomados, talleres, mesas de
discusión, etc. enfocados a la
función del actuario judicial
Cursos, conferencias, diplomados,
talleres, mesas de discusión, Etc.
enfocados a la función del pesonal
operativo en los órganos jurisdiccionales
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
128
Se consideran
en actualización
Magistrados
Jueces
Secretarios
Magistrados
Jueces
Secretarios
Magistrados
Jueces
Secretarios
Magistrados
Jueces
Secretarios
Conocimientos enfocados a profundizar y ampliar los conocimientos, destrezas y habilidades,
incluyendo los cambios más recientes, que se requieren para el mejor ejercicio del Derecho en
la función jurisdiccional
Presentación de elaboración personal
Personal de órganos
jurisdiccionales
Doctorados con enfoque
a temas jurisdiccionales
Maestrías con enfoque
a temas jurisdiccionales
Especialidades en temas relevantes como los derechos
humanos, argumentación jurídica, juicios orales,
adolescentes, que abarquen las materias, civil, penal,
de trabajo, administrativa, etc.
Especialidades en los temas de creación de nuevos
órganos especializados (ambientales,
telecomunicaciones, laboral, etc. )
Cursos especiales de actualización en
materia fiscal, penal, civil, laboral,
ambiental (legislación que sufre
cambios constantes)
129
Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017

se reconoce el esfuerzo que excepcionalmente se realiza en algunas entidades
federativas, ya que cuentan con un cuerpo de investigadores, y en otros casos
los directivos realizan la investigación. Respecto de estos casos, solamente co-
mento que es necesario dejar normado que la investigación que se realiza es
a nombre de la ICJ, no se pueden presentar como una investigación personal,
Magistrados
Jueces
Magistrados
Jueces
Magistrados
Jueces
Se consideran
en investigación
Magistrados
Jueces
Magistrados
Jueces
Si la ICJ, no cuenta con un cuerpo de investigadores, la investigación tendrá como base de
inicio, la investigación que realice el personal de carrera judicial en los doctorados,
maestrías y especialidades, los artículos y los tulos para su publicación, así como los
trabajos de investigación del personal que goza de becas a nivel posgrado
Presentación de elaboración personal
Personal de órganos
jurisdiccionales
Doctorados. Tesis o trabajos de
investigación jurídica relevante y
actual para publicación
Maestrías. Tesis, tesinas, o trabajos
de investigación jurídica relevante
y actual para publicación
Investigaciones o artículo sespecializados en
temas jurídicos relevantes y de actualidad
que presenten de manera libre personal de
carrera judicial para publicación
Publicación, edición y presentación
de libros, revistas, etc. con autoría
del personal de carrera judicial
Trabajos de investigación del personal
beneficiado con becas especiales al
extranjero u otras instituciones a nivel
nacional apoyados por el consejo de
la judicatura
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
130
toda vez que el tiempo que se invierte en la investigación es la jornada de tra-
bajo del investigador, esto es, se le paga un sueldo para realizar investigación:
su trabajo es la investigación.

-
démico que regularmente ya tiene algún trabajo elaborado a la contratación.
Imparte algunas sesiones y el trabajo lo entrega como una investigación para
su publicación. Ante esto, se tiene que en principio pareciera no ser este el
objeto de la investigación, toda vez que la ley24
un área de investigación (no que podrá contratar) y refrenda que la función
-
jorar la función judicial. En resumen, los recursos destinados a investigación,
parecieran destinarse para el apoyo a investigaciones de académicos (incluso
extranjeros), y no para apoyar investigaciones del personal que integra el Po-
der Judicial, para el caso de no contar con un área de investigadores. En el

-
cesario apoyarlos en la publicación de sus investigaciones para ir fomentando
la cultura de la investigación.
6. Lugar, horario y tiempo de la capacitación
Lugar de la capacitación
La organización del lugar donde se desarrollará un evento se puede considerar
según la población a capacitar, reunir aspirantes para capacitarlos en la misma
materia, conforme al espacio disponible y a la viabilidad económica, organi-
zar los eventos de tal manera que el alumno se encuentre lo más cerca posible
del centro de capacitación, con el objeto de disminuir los tiempos de traslado,
 
importante de tiempo.
Para las ICJ que cuentan con su propia página web, explotar las bondades
que brinda el campus virtual de capacitación, mejorar la publicidad, control
 web, se sugiere realizar un
esfuerzo para contratar este servicio, ya que se convertirá en la columna ver-
tebral de la institución.
24 
131
Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
El horario de la capacitación

-

      
-
pacitación. En algunas entidades federativas, se está incursionando en que la
capacitación se realice de lunes a viernes e incluso los sábados para el caso de
-
ción, también tiene que realizar un esfuerzo de su parte para lograrla.
Realizando una lectura de la Ley Orgánica del Poder Judicial (de los esta-

que imparten las ICJ es o no la obligación impuesta a los patronos de capaci-
tar a sus trabajadores, en opinión de los titulares, algunos opinan que no, por

-

durante la jornada laboral.
     -
     
capacitación es obligación patronal. Por ello, emitió un Acuerdo General25 en
el que estipula que los titulares de los órganos jurisdiccionales serán los únicos
 omisiones de entrada, salida, retardos y faltas del personal a
su cargo
entrada y salida de la jornada laboral.


por la “formación, capacitación y actualización, y en su caso por autorización otor-
 se encuentre inscrito en curso impar-
tido por el Instituto de la Judicatura

25  
de noviembre de dos mil catorce, que establece las disposiciones en materia de actividad ad-
ministrativa del propio Consejo, publicado el 2 de enero de 2015.
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
132
-
lida anticipada en los casos autorizados por el titular del órgano jurisdiccional
y aquellos en los que se encuentren inscritos en algún curso impartido por el
Instituto de la Judicatura. De tal suerte que el personal requiere la autoriza-
    
-
da laboral (por la mañana o por la tarde). Este Acuerdo, en interpretación
personal, abre la posibilidad de considerar que el personal del Poder Judicial
puede capacitarse en el lapso de la jornada laboral, previa autorización de su
 
la autorización del Área de Carrera Judicial (por la situación de la suplencia
en su ausencia).
Por una parte, se tiene la obligación del personal al registro de entrada y
    
en determinados supuestos. Por lo que se puede considerar, para el caso que

personal a la capacitación.
La intención de sensibilizar sobre si la capacitación que imparten las ICJ
es o no la obligación impuesta a un patrón de capacitar a su personal, se en-
foca en que la capacitación se lleva a cabo durante la jornada laboral. Esta

su registro de entrada o salida laboral, más bien, desde un punto de vista

judicial, una capacitación que realmente cumpla con el objetivo de fortalecer

función judicial. Para ello, se requiere, entonces, que la capacitación lleve una
secuencia, una organización, una programación, pero sobre todo, que esté

mejor desempeño en su función jurisdiccional encomendada.



conclusión de la capacitación (la deserción actualmente se considera entre el

         
  

133
Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
en virtud de que aparentemente existe una baja productividad en los órganos

personal que integra el Poder Judicial. Esta situación puede ser originada,
principalmente, porque los alumnos llegan tarde a la capacitación, se reti-

  
otros se salen a platicar o usan el teléfono o no realizan evaluaciones. Estas
-
    
tiempo, en razón que deben entregar cierta cantidad de proyectos, no asisten


en varios eventos, por la mañana, por la tarde, e incluso en dos o más eventos

   


-
cación. En algunos casos, los titulares niegan el permiso por las necesidades

el servicio al público. Esto es propiciado principalmente por la falta de orga-
     -
lares, en determinado momento, se encuentren rebasados en las solicitudes
    
generando la negativa para algunos.
La intención planteada toma como base lo establecido en la Ley Federal
del Trabajo26  


que la capacitación y adiestramiento deberá impartirse al trabajador durante
26       




durante la jornada de trabajo, puesto que es una condición laboral, ya que fuera de la jornada
de trabajo el trabajador no requiere de esa condición).
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
134
la jornada laboral, excepto aquellas distintas a su ocupación. Dados los ob-
jetivos de los ICJ, se puede considerar que la capacitación que desarrollan
se enfoca en las actividades que realiza el trabajador, por lo tanto, se puede
considerar que su impartición se puede realizar durante la jornada laboral.
Si bien se puede considerar que la aplicación de la norma referida es una

jornada laboral, también es cierto que conlleva una serie de obligaciones para
quien recibe la capacitación.
Las obligaciones del trabajador que se capacita se encuentran establecidas
-
ciones de los trabajadores a quienes se imparta capacitación o adiestramien-
to, sobresaliendo que debe asistir puntualmente a los cursos, cumplir con los
programas y presentar los exámenes.
Como se puede observar, recibir la capacitación también trae consigo
cumplir ciertas obligaciones. Con esto, si en las ICJ se estableciera la capaci-
tación como una obligación del Poder Judicial de capacitar a sus trabajado-




sus necesidades de capacitación y a proponer a su personal a capacitar, esto
con el objeto de garantizar el servicio en cada órgano jurisdiccional, quedan-
do a consideración del titular qué personal asiste a un curso y qué personal
-

conclusión del evento, la ICJ enviará al titular la situación del personal que
en su momento fue propuesto (inasistencias, retardos, si desertó, si aprobó o

que sea el titular quien determine la viabilidad de la capacitación al personal,
por ser el único responsable de que el órgano jurisdiccional mantenga una

   -
terminados cursos, con independencia del cargo) que al concluir el curso no
cuentan con la asistencia requerida en la convocatoria, por lo que solicitan
    
trabajo, que los obligan a regresar y compensar el tiempo del curso, que tie-
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Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
nen que llegar a registrar su salida al concluir la clase, entre otras causas.
Ante ello, las ICJ con el objeto de ayudar al alumno a que logre obtener la

a los alumnos a obtener constancias sin obtener los conocimientos, teniendo

-
nimo requerido.
La deserción es un factor a combatir, en algunos cursos este problema
alcanza más del 60 por ciento de los alumnos inscritos. En este sentido, es
-
caciones de entrada y salida laboral, disposición del personal, de los titulares,
    -


no la excepción, apoyado en que las convocatorias no prevén sanción alguna
(excepcionalmente algunos reglamentos prevén sanción de no ser admitidos



realice durante la jornada laboral y excepcionalmente fuera de esta. Al existir

o que estos presenten la autorización respectiva y aplicar controles adminis-
     
   
los alumnos) para mejorar la calidad en la capacitación, y por ende mejorar
el servicio de la administración de justicia. Aplicar controles administrativos
a los alumnos implica ser estricto en la aprobación de la capacitación, al
asistir durante la jornada laboral el alumno se limita en excusas, y se le exige
cumplimiento de obligaciones, entre ellas cumplir con la asistencia reque-
rida, aprobar las evaluaciones, entregar trabajos, no salir anticipadamente,
dedicarle atención al ponente. Hay casos en que el expositor inicia con 50
alumnos y concluye la clase con veinte, entre otras situaciones. Este plantea-
miento se realiza tomando en consideración que el alumno durante el tiempo
de la capacitación no produce trabajo jurisdiccional, su trabajo asignado en
-
ministrativos. Quien le ordena suspender la labor jurisdiccional y en su lugar

¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
136
una instrucción patronal y no una decisión del personal como actualmente
sucede.
De considerarse que la capacitación se imparte durante la jornada labo-
ral, las ICJ tendrán que realizar cambios e impartir los eventos durante toda
    -
cación de un calendario actualizado de eventos de manera anticipada, que
permita a los titulares organizar a su personal de tal manera que se garantice
el servicio en los órganos jurisdiccionales y decidir quién se capacita en tal o

con mayor calidad, esto es, que el alumno realmente adquiera conocimientos.
El tiempo de la capacitación
El tiempo estará previsto conforme a la capacitación que se imparta al perso-

etcétera. Sin embargo, el tiempo de inversión en los cursos, se considera, pue-
 
    
jornada laboral. La duración de los eventos estará determinada por el tipo de
capacitación, una conferencia, por ejemplo, se puede prever de máximo tres

(dos semanas aproximadamente). Para el caso de un diplomado, especialidad,

 
ese nivel.
7. Garantizar una capacitación efectiva

falta al personal, aquella que requiere actualización y de aquella que requiere
-
se implementado algún mecanismo para saber con certeza la capacitación que

Judicial. Esto nos lleva a considerar que en cada órgano jurisdiccional va a

de cada órgano jurisdicción (visto desde las aptitudes de cada persona), y la
          
etcétera).
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Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
Por lo anterior, se considera que los titulares propongan a las ICJ sus necesi-
dades en capacitación y el personal designado para cada evento, con el objeto
    -
cio jurisdiccional. Es de comentar que la capacitación que se desarrolle estará
directamente enfocada a una necesidad real y no se estará capacitando sobre
una “supuesta” necesidad (actualmente no se sabe con certeza la necesidad en
capacitación). De considerar que los titulares propongan al personal para deter-

        
titular se realiza un determinado curso, el titular garantiza cuando menos la
asistencia, sin retardos, sin salidas anticipadas, pero sobre todo sin deserción.
Por otra parte, en toda institución de capacitación, el aspirante llega con el
objeto de recibir conocimientos y, en su caso, ganarse una constancia a través
del cumplimientos de ciertos requisitos (puntualidad, evaluación, participa-
ción). Con esa idea, se considera que el alumno se inscribe en las ICJ por la
    
(para nivel operativo, actuario, secretario, juez, magistrado). Por ello, se pue-
de entender que van en calidad de alumnos y, en razón de la igualdad, todos

cumplimiento del control administrativo (asistencia, trabajos, participación,
evaluación, etcétera), porque todos se encuentran en igualdad de condiciones

-
cular, tomando en cuenta que, al momento de inscribirse, consideró tener la
necesidad de recibir la capacitación, siendo esta el motor de su inscripción.
En algunas administraciones se matiza el avance en capacitación sobre la
cantidad de alumnos inscritos, en otros casos, de constancias emitidas, nin-
 -
      
-

emiten constancias sin cumplir los lineamientos planteados o se baja el nivel

mayor de constancias entregadas o en su caso mayor número de inscritos,
dando a entender que se capacita de manera efectiva. Entre algunos puntos
a considerar para buscar una capacitación efectiva, se encuentra mantener
controles estrictos en la aplicación de lineamientos, con independencia de la
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
138
-
carse en igualdad de condiciones tanto al personal operativo como a titulares
de órganos jurisdiccionales y público en general (cumplimiento de requisitos
  -
 
cascada, inicia uno, en la próxima clase van dos o tres, para que al concluir
el curso terminen solamente el 50 por ciento en clase, aunque varios más
reciban la constancia.
De lo anterior, en comentarios de algunos alumnos, se inscriben con el
objeto de conseguir la constancia, ya que esta es requisito para concursar en
-
nocimientos en la capacitación, de tal suerte que se están invirtiendo recursos
 -
nerado principalmente por el laxismo en la aplicación de los controles admi-
nistrativos. Una capacitación efectiva es aquella en la que el alumno adquiere

-
do tener la certeza de la capacitación que se necesita (temas a capacitar), pos-
teriormente saber qué personal requiere tal capacitación, aplicar un mayor
control administrativo y por último, aplicar a cada evento un seguimiento de
la calidad (ciclo de mejora continua), esto es, a cada evento aplicar una eva-

PDCA,27 publicado por pdcahome



actuar
El objetivo es subir el nivel de calidad en cada uno de los eventos que se
-
rar el servicio jurisdiccional.
8. Las instituciones de capacitación judicial
Indudablemente, no todas las ICJ cuentan con los mismos recursos económi-

conforme a la disponibilidad de estos recursos. La capacitación jurisdiccional
no solamente es programar la capacitación y desarrollarla, requiere también

27 
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Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
La capacitación en las ICJ en algunos casos no es relevante, en vista de
    
con la carrera judicial opta por capacitarse por cuenta propia, en otras insti-
tuciones públicas o privadas, e incluso en el extranjero, por lo que el interesa-
do busca las opciones y solicita ante el Consejo de la Judicatura licencias para

que el objeto de la licencia es la capacitación.
Con lo anterior, lo que se busca plantear es que las ICJ en principio cum-
plan con su asignación de ser responsables de capacitar al personal jurisdic-
cional, por normatividad y de manera excepcional, que el personal se capa-
cite por cuenta propia.

   
jurisdiccional para los eventos encaminados a puestos de menor nivel, esto es,
solicitar a los secretarios de órganos jurisdiccionales su participación como
-

capacitación para los titulares, invertir los recursos disponibles. En las ICJ ex-
cepcionalmente se encuentran programas en los que todo el personal docente
son titulares de órganos jurisdiccionales, o se encuentran en carrera judicial,

titulares, sin duda alguna son ejemplo a seguir.
 
         
de una serie de conocimientos que se van acumulando, se van moldeando,

de la carrera judicial.
-
nales, se encamina a que las ICJ requieren de la participación de ellos en la
     -

 
-

¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
140
Otro aspecto no explotado por las ICJ es respecto de coordinarse con las uni-
versidades para que lo auxilien en la realización de la capacitación. Auxiliar, sin duda
alguna, coincide en interpretar un apoyo, una ayuda que se ofrece. Hay casos
excepcionales en los que las ICJ reciben ayuda de las universidades para lle-

de servicios académicos de instituciones educativas, principalmente privadas.
En este aspecto, el costo que lleva una contratación se incrementa alrededor
de un 200 o 300 por ciento (las instituciones privadas lo ven como un nego-
cio, no como un apoyo), pareciera ser más viable (económicamente) realizar
programas con el objeto de ofrecer becas al personal y que sea el interesado
quien busque la mejor opción en la capacitación que requiere, pero sin duda
alguna este no es el objetivo de las ICJ.
IV. Conclusión
Más de catorce años observando la capacitación judicial me llevan a conside-
-
     
-
cuencia una capacitación, que, si bien se está realizando, no está cumpliendo

se cumple con el objeto manifestado en su norma de creación.
 
  
mejor capacitación, considerando que las ICJ deben ser quienes capacitan,
  
están realizando contrataciones por eventos globales), la ley28los
programas que imparta el Instituto, y con esto se limita la función de esta institu-
     
    
        
ellas quienes realicen todo el evento. Se tiene conocimiento de algunos casos

del evento, por la coordinación, que no es el objetivo enmarcado. Lo cierto es
que estas instituciones imparten el curso que le requieran como parte de un

28 
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
que realice el personal que se capacita, de nada sirve capacitar si no se logra
el objetivo: mejorar la función jurisdiccional.
Sin duda alguna, lo que se busca es dar cumplimiento al mandato nor-
mativo, cumplir el objetivo y lograr que el personal del Poder Judicial fortalezca los
conocimientos y habilidades necesarios para el adecuado desempeño de la función judicial.
Para ello, es necesario conocer con certeza las necesidades de capacitación,
diseñar un programa de trabajo enfocado a solucionar las necesidades de
capacitación, elaborar y ejecutar un control administrativo y aplicarlo en
igualdad de condiciones a los alumnos, establecer mecanismos de evaluación
de toda la capacitación que se imparta y llevar a cabo su actualización perió-
dica. Para lograrlo, es necesaria la participación de todo el personal del Poder
Judicial, controles administrativos más estrictos, alumnos más responsables,
una capacitación focalizada a las necesidades reales, buscar la participación
de los titulares en actividades académicas y permitir que ofrezcan propuestas
         
acercase a las universidades no como clientes, sino para brindarse apoyo in-
     

tarde, excepcionalmente por la mañana, generando saturación y poca parti-

poder judicial, esta situación es un fenómeno que va en aumento, pareciera
que la capacitación que ofrecen las ICJ encuentran poco interés en el perso-
nal jurisdiccional, propiciado porque no está enfocada a una necesidad real.
Externar las vicisitudes en las instituciones de capacitación judicial no es
        
tienen algo por mejorar, algunas en organización, otras en administración,
 
para mejorar el servicio jurisdiccional, fortaleciendo los conocimientos y las

y sobretodo que solucione las necesidades de capacitación que se presentan
en los órganos jurisdiccionales.
¿Qué hacer por la capacitación judicial?
Oliver Hidalgo Matus
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V. Referencias
Electrónicas
  Administración de recursos humanos, publicación virtual en la
        
-

¿Qué es la capacitación y por qué es importante que inviertas en formar a tus tra-
bajadores?       -
   

Diccionario de la lengua española. Real Academia Española (virtual). Disponible en:

-
so Nacional de Impartición de Justicia Estatal 2016”. Resultados. Disponible en:
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Carlo, Javier, Regularización, actualización y capacitación: buenos hábitos de aprendizaje. Publi-
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Suprema Corte de Justicia de la Nación, Informe Anual de Labores 2015, Anexo
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UNESCO (EPT Educación para Todos) informe de seguimiento de la EPT en el
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Normativas
Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
Código de Ética del Poder Judicial de la Federación.
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143
Revista del Instituto de la Judicatura Federal
Número 44, julio-diciembre de 2017
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado b)
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Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
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Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Durango.
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato.
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Hidalgo.
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México.
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Nuevo León.
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Judicial del Estado de Hidalgo.
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Reglamento Interior del Instituto de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de
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Consultas
Plan Anual de Formación 2013, del Centro de Estudios Judiciales del Supremo Tri-
bunal de Justicia del Estado de Colima.
Plan de Capacitación 2017, del Instituto de Capacitación Judicial, del Supremo Tri-
bunal de Justicia del Estado de Sinaloa.

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