Guía 6140. Estados financieros consolidados y combinados, e inversiones permanentes en acciones

AutorInstituto Mexicano de Contadores Públicos
Páginas103-113

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Generalidades

1 Las normas de información financiera definen a las inversiones permanentes como aquellas efectuadas en instrumentos de capital emitidos por otras entidades con la intención de mantenerlas por un plazo indefinido y que, además, generalmente se realizan para ejercer control, control conjunto o influencia significativa y así tener injerencia sobre otras entidades, aun cuando pudiera haber otras razones para realizar este tipo de inversiones.

2 Por lo que se refiere a los estados financieros consolidados, se indica lo siguiente:

3 “La información relativa a las relaciones de la compañía controladora y sus subsidiarias con terceros, así como el efecto de estas relaciones en la situación inanciera y los resultados de operación de la entidad económica que integran, no puede ser comunicada a través de los estados inancieros individuales de la compañía controladora. Para que esta comunicación sea adecuada, con base en el principio de la entidad económica, se requiere que los estados inancieros incluyan todos los derechos, obligaciones, restricciones, patrimonio y resultados de operaciones de la compañía controladora y sus subsidiarias, ya que se trata de una sola empresa, lo que se logra con los estados inancieros consolidados.”

4 No obstante lo anterior, se reconoce que las empresas controladoras pueden optar por no presentar estados inancieros consolidados únicamente cuando ella es, a su vez, una subsidiaria y sus accionistas controladores y no controladores (incluyendo a aquella participación sin derecho a voto) han manifestado su conformidad con ello y que estos estados inancieros cumplen con normas de información inanciera, si se observan ciertos requisitos.

5 Por lo que toca a los estados inancieros combinados, se establece en la NIF a la que nos hemos venido reiriendo, que estos tienen como objeto primordial presentar la información inanciera de compañías ailiadas, que pertenezcan a un sector económico o gremio industrial, solo en los casos en que dichas entidades cumplan con la característica de ser ailiadas.

6 Además, por lo que se reiere a las inversiones permanentes en acciones de asociadas (y en las de las subsidiarias, en relación con los estados inancieros individuales de la tenedora), las NIF establecen que deben valuarse por el método de participación.

Alcance y limitaciones

7 La presente NIF se reiere al examen de control interno y a los procedimientos de auditoría para comprobar la adecuada elaboración y presentación de los estados inancieros consolidados y combinados, asimismo, se reiere también al establecimiento de los procedimientos de auditoría aplicables para el examen de las

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inversiones permanentes en acciones de compañías subsidiarias y asociadas, así como de otras inversiones que también tengan el carácter de permanente.

8 Las inversiones en valores que efectúan las empresas de manera temporal con el in de obtener un rendimiento y mantener la disponibilidad inmediata de efectivo, son objeto de la Guía 6100, Efectivo y equivalentes de efectivo.

9 Tampoco es objeto de la presente NIF la revisión del tratamiento contable de la conversión de estados inancieros de subsidiarias y asociadas en el extranjero, de las obligaciones convertibles en acciones, de las fusiones, de las escisiones y de las asociaciones en participación.

Se recomienda la lectura de esta guía junto con la NIA 600, Consideraciones especiales en auditorías de estados inancieros de grupo (incluido el trabajo de los auditores de los componentes).

Objetivo de la guía

10 El objetivo de esta guía es señalar los procedimientos de auditoría para la revisión de los estados inancieros consolidados y combinados, y la valuación de las inversiones permanentes en acciones.

Objetivos de auditoría

11 Los objetivos de los procedimientos de auditoría son los siguientes:

12 - Comprobar que cuando se den las condiciones de una compañía tenedora que ejerza control sobre otra u otras denominadas subsidiarias, se elaboren y presenten estados inancieros consolidados, y que estos se hayan formulado de acuerdo con las reglas particulares previstas.

13 - Asegurarse de que cuando se examinen los estados inancieros individuales de la tenedora, preparados para cumplir con disposiciones legales o contractuales, se hayan observado los requisitos establecidos por las normas de información inanciera.

14 - Cerciorarse de que los estados inancieros combinados incluyan a compañías ailiadas que pertenezcan a un mismo sector económico o gremio industrial en que dichas entidades cumplan con la característica de ser ailiadas.

15 - Veriicar el cumplimiento de las reglas de valuación de las inversiones permanentes en acciones, así como su adecuada presentación en los estados inancieros y revelación de restricciones o gravámenes sobre las mismas.

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16 - Comprobar la consistencia en la aplicación de los principios y reglas particulares de cuantiicación y presentación.

Control interno

17 El estudio y evaluación del control interno deberá efectuarse con apoyo de la NIA

315, Identiicación y valoración de los riesgos de incorrección material mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno.

18 A continuación se señalan algunos de los controles internos clave, especíicos, que deberán veriicarse durante la etapa relativa al estudio y evaluación del control interno:

19 - Aprobación de las adquisiciones, ventas y gravámenes de las inversiones, por parte de la Asamblea de Accionistas o del Consejo de Administración.

20 - Adecuada segregación de funciones para la adquisición y venta de acciones, cobro de dividendos, custodia de los títulos y registro de las operaciones.

21 - Existencia de registros adecuados para...

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