A golpes de mallete

Páginas158-160
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
158
A GOLPES DE MALLETE
La síntesis de la sentencia: Pulso del órgano
jurisdiccional en materia Electoral del Estado
de Chihuahua.
RAP-09/2015
Se sobresee el recurso de apelación, ya que
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jurídica que ha dejado sin materia el medio de
impugnación.
JDC-10/2015 y su acumulado JDC-11/2015
Se sobresee el medio de impugnación interpuesto
pues no se acredita la existencia de un interés
jurídico ni legítimo, lo que deriva en la falta de
legitimación.
JDC-12/2015
Se sobresee el medio de impugnación, dado
que el impugnante no tiene la acreditación de
aspirante a candidato independiente, por lo
que no se surte un interés legítimo a su favor.
JDC-13/2015 y su acumulado JDC-14/2015
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Independientes para el Proceso Electoral
2015-2016 del Estado de Chihuahua, toda vez
que las medidas impugnadas en los agravios
son inconstitucionales.
JDC-15/2015
Se sobresee el Juicio, toda vez que el recurrente
carece de interés jurídico y legítimo para controvertir
la resolución impugnada.
JDC-01/2016
Se desecha de plano el medio de impugnación
interpuesto, en virtud de haber fenecido el
plazo para la interposición del juicio.
JDC-02/2016
Se sobresee el Juicio, dado que la pretensión
del actor ha quedado satisfecha, por lo que el
procedimmiento ha quedado sin materia.
JDC-03/2016
Se desecha de plano por notoriamente
improcedente el medio de impugnación ya que el
actor es omiso en aportar medios de convicción
para acreditar o sustentar sus manifestaciones.
JDC-04/2016
Se desecha de plano por notoriamente
improcedente el medio de impugnación, ya que no
se presentan los medios de convicción que apoyen
la existencia de un agravio, ni se brindan datos
para que se pueda allegar de ellos.
PES 05/2016
Se determina la inexistencia actos de la violación,
ya que el actor no acredita su dicho con medios
idóneos.
JDC-06/2016
Se desecha de plano por notoriamente
improcedente el medio de impugnación, en virtud
de que la demanda es inconsistente y este tribunal
no puede allegarse de elementos que le permitan
encontrar agravio alguno.
JDC-07/2016
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el cual se elige a los integrantes de las sesenta y
siete asambleas municipales, para que se revoque
la designación de uno de los consejeros.
JDC-08/2016
Se desecha de plano el medio de impugnación
interpuesto, en virtud de haber fenecido el plazo
para la interposición del juicio.

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