General. VIII-P-1aS-643

Páginas182-184
primera sección 182
Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
GENERAL
VIII-P-1aS-643
RAZÓN DE NEGOCIOS. LA AUTORIDAD PUEDE
CONSIDERAR SU AUSENCIA COMO UNO DE LOS
ELEMENTOS QUE LA LLEVEN A DETERMINAR LA
FALTA DE MATERIALIDAD DE UNA OPERACIÓN,
CASO EN EL CUAL, LA CARGA PROBATORIA PARA
DEMOSTRAR LA EXISTENCIA Y REGULARIDAD DE
LA OPERACIÓN, CORRE A CARGO DEL CONTRIBU-
YENTE.- Legalmente no existe una denición de la expre-
sión “razón de negocios”, sin embargo, en la jerga nanciera
se entiende como el motivo para realizar un acto, al cual se
tiene derecho, relacionado con una ocupación lucrativa y
encaminado a obtener una utilidad; es decir, se trata de
la razón de existir de cualquier compañía lucrativa que
implica buscar ganancias extraordinarias que benecien
al accionista y propicien generación de valor, creación y
desarrollo de relaciones de largo plazo con clientes y pro-
veedores. Ahora bien, del contenido de la tesis 1a. XL-
VII/2009 emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación, puede válidamente concluirse
que las razones de negocio, sí son un elemento que pue-
de tomar en cuenta la autoridad scal para determinar si
una operación es articiosa y que en cada caso, depen-
derá de la valoración de la totalidad de elementos que la
autoridad considere para soportar sus conclusiones so-
bre reconocer o no los efectos scales de un determinado
acto. Por ello, la ausencia de razón de negocios sí puede
ser aducida por la autoridad para determinar la inexisten-

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