General. VII-TASR-CA-56

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1163/12-20-01-6.- Resuelto por
la Sala Regional del Caribe del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, el 3 de junio de 2013, por unanimidad de votos.- Magistrado Ins-
tructor: Alberto Romo García.- Secretario: Lic. Edgar Alan Paredes García.
GENERAL
VII-TASR-CA-56
CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR LA UNI-
DAD DE MEDIDA TRATÁNDOSE DE TIEMPO AIRE ELECTRÓ-
NICO.- La Resolución Miscelánea Fiscal para 2011, en su regla II.2.7.1.5,
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de medida del bien enajenado, para tales efectos, hay que delimitar en lo
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con ello lo que se requiere para tener por satisfecho tal requisito, atendiendo
si se comercializan o no, por unidad y a su vez si dicha unidad y producto
se encuentran vinculados con alguna unidad de medida métrica o de peso,
verbigracia, kilogramos, metros, entre otros; o bien, si son comercializados
a granel. Es por ello que sin soslayar la naturaleza de bien intangible que
ostenta el tiempo aire electrónico para telefonía móvil, resulta que el artículo
5 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en tratándose de
tiempo, dispone que la unidad mínima legalmente reconocida es el segun-
do, por lo que si se trata de cierto número de segundos, minutos o incluso
horas de tiempo aire electrónico, así debe establecerse en el texto mismo
del comprobante respectivo, lo que no se satisface bajo la simple expresión
SRV, al no ser una unidad de medida prevista por el marco legal aplicable.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1163/12-20-01-6.- Resuelto por
la Sala Regional del Caribe del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, el 3 de junio de 2013, por unanimidad de votos.- Magistrado Ins-
tructor: Alberto Romo García.- Secretario: Lic. Edgar Alan Paredes García.

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