General. Jurisprudencia Núm. VIII-J-1aS-62

Páginas7-9
Jurisprudencia 7
Revista Núm. 32, maRzo 2019
PRIMERA SECCIÓN
JURISPRUDENCIA NÚM. VIII-J-1aS-62
GENERAL
CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN INOPERANTES. EN-
TRE OTROS, SON AQUELLOS QUE CUESTIONAN AS-
PECTOS QUE CONSTITUYEN COSA JUZGADA POR
HABER SIDO MATERIA DE ANÁLISIS EN UN JUICIO
ANTERIOR.- La nalidad de la cosa juzgada es que exista
certeza respecto de las cuestiones resueltas en los litigios,
mediante la invariabilidad de lo fallado en una sentencia eje-
cutoria, ante el riesgo de que al tramitarse un nuevo juicio en
el que se ventilen las mismas cuestiones que en el anterior,
por los mismos sujetos y conforme a similares causas, se
pronuncien sentencias contradictorias con la consecuente
alteración de la estabilidad y seguridad de los contendien-
tes en el goce de sus derechos, lo cual también constitu-
ye un derecho humano consistente en la seguridad jurídica
protegido por la Constitución y por la Convención America-
na sobre Derechos Humanos. De ahí, que los conceptos
de impugnación que fueron materia de análisis en un juicio
diverso son inatendibles por inoperantes, pues constituyen
cosa juzgada, y entrar al estudio de los mismos, implicaría
que la parte actora tuviera la posibilidad de hacer valer ile-
galidades en contra del mismo acto un sinfín de ocasiones,
dando pauta a posibles sentencias contradictorias.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S1-2/2019)

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