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ARTICULO 82. Las dependencias y entidades con cargo a sus presupuestos y por medio de convenios de coordinación que serán públicos, podrán transferir recursos presupuestarios a las entidades federativas con el propósito de descentralizar o reasignar la ejecución de funciones, programas o proyectos federales y, en su caso, recursos humanos y materiales.
En la suscripción de convenios se observará lo siguiente:
I. Deberán asegurar una negociación equitativa entre las partes y deberán formalizarse a más tardar durante el primer trimestre del ejercicio fiscal, al igual que los anexos respectivos, con el propósito de facilitar su ejecución por parte de las entidades federativas y de promover una calendarización eficiente de la ministración de los recursos respectivos a las entidades federativas, salvo en aquellos casos en que durante el ejercicio fiscal se suscriba un convenio por primera vez o no hubiere sido posible su previsión anual;
II. Incluir criterios que aseguren transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de recursos;
III. Establecer los plazos y calendarios de entrega de los recursos que garanticen la aplicación oportuna de los mismos, de acuerdo con el Presupuesto de Egresos aprobado y atendiendo los requerimientos de las entidades federativas. La ministración de los recursos deberá ser oportuna y respetar dichos calendarios;
IV. Evitar comprometer recursos que excedan la capacidad financiera de los gobiernos de las entidades federativas;
V. Las prioridades de las entidades federativas con el fin de alcanzar los objetivos pretendidos;
VI. Especificar, en su caso, las fuentes de recursos o potestades de recaudación de ingresos por parte de las entidades federativas que complementen los recursos transferidos o reasignados;
VII. En la suscripción de dichos instrumentos deberá tomarse en cuenta si los objetivos pretendidos podrían alcanzarse de mejor manera transfiriendo total o parcialmente las responsabilidades a cargo del Gobierno Federal o sus entidades, por medio de modificaciones legales;
VIII. Las medidas o mecanismos que permitan afrontar contingencias en los programas y proyectos reasignados;
IX. En el caso que involucren...