De las garantías del cumplimiento de obligaciones

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autoridades fiscales competentes dictarán de oficio o a petición de
parte, las resoluciones que procedan.
Asimismo, la devolución podrá realizarse a través de transferencia
electrónica interbancaria para lo cual los contribuyentes proporciona-
rán, los datos de la institución financiera y el número de clave banca-
ria estandarizada para la transferencia electrónica al contribuyente en
dicha institución financiera, debidamente integrado de conformidad
con las disposiciones del Banco de México.
Los estados de cuenta que expidan las instituciones financieras
serán considerados como comprobantes de pago de la devolución
respectiva.
EN QUE FORMA SE RESOLVERA LA DEVOLUCION DE CANTI-
DADES PERCIBIDAS A FAVOR DE TERCEROS
ARTICULO 359. La devolución de cantidades percibidas a favor
de terceros, se resolverá a petición de parte, previa opinión del terce-
ro beneficiario, que deberá rendirla dentro de un plazo de quince días
hábiles contados a partir de la fecha de notificación y, si no lo hace,
la Secretaría, con base a la opinión legal de la Procuraduría Fiscal,
en caso procedente hará la devolución. Cuando la devolución co-
rresponda a pensiones alimenticias descontadas y pagadas de más,
el trámite no suspenderá el pago de la suma autorizada y una vez
resuelta la devolución, los excedentes se regularizarán por la unidad
ejecutora del pago, disminuyendo el 10% del importe de los pagos
futuros hasta su total amortización.
TITULO TERCERO
DE LAS GARANTIAS A FAVOR DEL GOBIERNO
DEL DISTRITO FEDERAL, DISTINTAS DE AQUE-
LLAS DESTINADAS A GARANTIZAR CREDITOS
FISCALES
CAPITULO I
DE LAS GARANTIAS DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGA-
CIONES
NORMAS A LAS QUE SE SUJETARAN LAS GARANTIAS QUE
DEBAN CONSTITUIRSE A FAVOR DE LAS DEPENDENCIAS
QUE SE INDICAN
ARTICULO 360. Las garantías que deban constituirse a favor de
las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y enti-
dades por actos y contratos que celebren, deberán sujetarse a lo si-
guiente:
I. Salvo disposición expresa, la forma de garantizar el cumplimien-
to de las obligaciones a favor de las dependencias, órganos descon-
centrados, delegaciones y entidades, será:
a) Mediante fianza otorgada por compañía autorizada en los térmi-
b) Mediante depósito de dinero;
c) Cheque de caja;
CFDF/DE LAS GARANTIAS... 358-360

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