La finalidad y el objeto social

AutorJesús Roberto Valles Aragón
CargoLicenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Chihuahua
Páginas50-54

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Distintos entre sí, en ocasiones el fin de las empresas y el objeto social son confundidos como lo mismo, pero la diferencia se describe en los siguientes párrafos.

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Al hablar de planeación fiscal, ha sido señalado reiteradamente por los estudiosos y asesores en ésta materia, que el objeto social de la empresa es lo que determina el actuar de las personas morales, así como la cimentación de su estrategia hacendaria.

Sin embargo, se ha dejado de lado el estudio del fin o finalidad que persigue la sociedad, la cual es de suma importancia para un debido desarrollo legal, financiero y fiscal de estas personas jurídicas.

La relevancia de este señalamiento se debe a que, por lo común se confunde el objeto con el fin o finalidad, debido a que se cree que representan lo mismo.

Al respecto, cabe señalar que el objeto es un elemento esencial de la sociedad de manera que mediante él, los socios fijan los límites de la capacidad jurídica de la persona moral y, consecuentemente, su marco legal de acción, dentro de la esfera de capacidades generales y limitaciones establecidos por la ley.

Asimismo, el fin es la operación o conjunto de operaciones para el (los) cual(es) fue creada la sociedad, es decir, la actividad especializada que realizará la sociedad.

Como se observa ambos tienen connotaciones similares, lo cual es la causa principal de la confusión en cuanto al desarrollo de cada uno de ellos, pero con un estudio a fondo podemos establecer las diferencias que nos ayudarán dentro de la creación de planeaciones legales y fiscales acorde con el motivo para los que fueron creadas las distintas sociedades y así entregar a las personas físicas que las integran un acta constitutiva que refleje su voluntad.

La teoría de la naturaleza contractual social, acogida por nues-

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tra legislación es insuficiente para explicarlo omnímodamente. En efecto, según determina la ley, para que exista el contrato de sociedad, se requiere que existan consentimiento y aportaciones de los socios. Pero es indiscutible que el contrato social no puede ser sin otro elemento a saber, la finalidad del mismo, es decir, el objetivo primordial por el que los socios se reúnen y que es la base para las acciones que realice la persona jurídica.

Según la Real Academia de la Lengua Española el objeto es el "Fin o intento a que se dirige o encamina una acción u operación", igualmente señala que la finalidad es el "Fin con que o por qué se hace algo".

Nuevamente nos encontramos con similitudes abundantes en ambos casos, pero de una lectura a fondo se observa que la finalidad es el objetivo principal que se obtiene con ciertas acciones y el objeto es el vehículo mediante el cual alcanzamos el propósito planteado...

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