Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/46/2014

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/46/2014
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VII-J-SS-142
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75 y 76 de la Ley
la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, al
haberse resuelto en el mismo sentido los juicios contencioso administrativos
19664/08-17-07-4/2735/09-PL-04-04, por unanimidad de 7 votos a favor;
2156/11-03-01-6/149/13-PL-07-04, por mayoría de 7 votos a favor y 3 vo-
tos en contra; y 1755/11-12-01-3/562/13-PL-10-04, por unanimidad de 10
votos a favor, se f‌i ja la jurisprudencia N° VII-J-SS-142, bajo el siguiente
rubro y texto:
FACULTAD DE INTERPRETAR UNA LEY, REGLAMENTO
O DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA DE CARÁCTER GE-
NERAL, HASTA FIJAR JURISPRUDENCIA.- De acuerdo con
el artículo 48, fracción I inciso b) de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo, el Pleno o las Secciones del Tribunal,
de of‌i cio o a petición fundada de la Sala Regional correspondiente,
de los particulares o de las autoridades, podrán ejercer la facultad
de atracción con el propósito al rubro citado. Ahora bien, para que
haya interpretación directa de un precepto, es indispensable que el
tribunal sentenciador f‌i je por sí mismo su sentido y alcance jurídico,
para tal propósito, esta Sala Superior puede acudir indistintamente
a cualquiera de los métodos de interpretación, en el orden que el
grado de dif‌i cultad para interpretar la norma lo exija o así resulte
jurídicamente conveniente, de manera que si no fuera suf‌i ciente la
sola interpretación literal, habría que acudir al análisis sistemático,
gramatical, analógico, histórico, lógico, causal o teleológico, hasta
desentrañar el verdadero y auténtico sentido de la norma, sin que
ello implique que en todos los casos deban agotarse los referidos
métodos de interpretación, pues basta con que uno de ellos aclare el

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