De los Extranjeros

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas55-55

ARTÍCULO 33.

Derechos y restricciones de los extranjeros

Son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce esta Constitución.

El Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención.

Los extranjeros no...

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