Evite que le rechacen su solicitud de devolución de saldos a favor de IVA con declaratoria de contador público

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De acuerdo con el artículo 6o. de la Ley del IVA, cuando en la declaración de pago de este impuesto resulte saldo a favor, el mismo podrá acreditarse contra el impuesto a cargo de los meses siguientes, hasta agotarlo, o bien, solicitar su devolución sobre el total del saldo a favor.

Al respecto, la regla 2.2.3 de la RMF para 2007-2008 señala que la devolución del IVA se solicitará mediante la forma oficial 32 "Solicitud de devolución", acompañada de su anexo 1; además, deberá presentarse en medios magnéticos la información de los proveedores, prestadores de servicios y arrendadores que representen al menos el 80% del valor de las operaciones, así como la información del total de operaciones de comercio exterior.

No obstante, el tercer párrafo de la misma regla establece que los contribuyentes que dictamen sus estados financieros para efectos fiscales por los saldos a favor mensuales correspondientes al ejercicio de 2006 y posteriores, podrán solicitar la devolución del IVA presentando la forma oficial 32 acompañada del anexo 1 mencionado, así como la declaratoria formulada por el contador público registrado, cuando dicho contador hubiera emitido o vaya a emitir para efectos fiscales, dictamen relativo a los estados financieros del contribuyente referido al periodo que corresponda el saldo a favor. De esta forma, los contribuyentes quedarán relevados de presentar la información en medios magnéticos mencionada en el párrafo anterior.

Para esto, la declaratoria deberá reunir las siguientes características:

  1. Que el contador público registrado manifieste bajo protesta de decir verdad haberse cerciorado de la veracidad de las operaciones de las que derive el impuesto causado y el impuesto acreditable declarado por el contribuyente.

  2. Que se realice de acuerdo con lo indicado en el artículo 52, fracción II, del CFF, es decir:

  1. Que se formule en términos de las disposiciones del Reglamento del CFF.

  2. Que se formule conforme a las normas de auditoría que regulan la capacidad, independencia e imparcialidad profesionales del contador público, el trabajo que desempeña y la información que rinda como resultado de los mismos.

Cabe observar que recientemente y en algunos casos, la autoridad fiscal ha rechazado las declaratorias de IVA que emiten los contadores autorizados, ya que en la redacción de las mismas se está opinando bajo protesta de decir verdad sobre la razonabilidad de las operaciones de las que deriva el...

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