Entérese de las multas que se pueden imponer a los patrones por violaciones al nuevo Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Introducción

La STPS dio a conocer en el DOF del 13 de noviembre de 2014, el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (RFSST), el cual entró en vigor a los tres meses siguientes de su publicación, es decir, el pasado 13 de febrero.

El RFSST tiene por objeto establecer las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo que deberán observarse en los centros laborales, a efecto de contar con las condiciones que permitan prevenir riesgos y, de esta manera, garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud, con base en lo que señala la LFT.

Comentamos las multas y sanciones de mayor relevancia que dispone el nuevo RFSST por incumplimientos en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Sanciones administrativas previstas en el RFSST

Las violaciones a las disposiciones al RFSST y a las normas oficiales mexicanas (NOM) serán sancionadas administrativamente por la STPS, sin perjuicio de las sanciones que proceda aplicar en términos de la LFT u otras disposiciones legales o reglamentarias.

Criterios para la imposición de sanciones

De acuerdo con el artículo 125 del RFSST para la imposición de las sanciones previstas en el mismo reglamento se tomará en cuenta lo siguiente:

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Se entenderá por reincidencia a cada una de las subsecuentes infracciones a un mismo precepto, cometidas dentro de los dos años siguientes a la fecha del acta en que se haya hecho constar la infracción precedente, siempre que ésta no hubiera sido desvirtuada.

Obligaciones sobre diagnósticos y programas

De acuerdo con el artículo 115 del RFSST, se impondrá multa de 50 a 100 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal (SMGVDF) al patrón que no acredite, ni exhiba dentro del plazo que al efecto fije la STPS, conforme a las especificaciones dispuestas en las normas, los documentos que amparen las obligaciones siguientes:

Documento Observación
Diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo, que comprenda los estudios y análisis de riesgos requeridos. Es la identificación de las condiciones inseguras o peligrosas; de los agentes físicos, químicos o biológicos o de los factores de riesgo ergonómico o psicosocial capaces de modificar las condiciones del ambiente laboral; de los peligros circundantes al centro de trabajo, así como de los requerimientos normativos en materia de seguridad y salud en el trabajo que resulten aplicables.
Programa de seguridad y salud en el trabajo. El documento que contiene el conjunto de acciones preventivas y correctivas por instrumentar para evitar riesgos en los centros de trabajo, que puedan afectar la vida, la integridad física o la salud de los trabajadores o causar daños en sus instalaciones.
Programas específicos, manuales y procedimientos. El RFSST establece la obligación patronal de integrar diversos programas, entre otros, los siguientes:
1. Programa específico para el mantenimiento de las instalaciones del centro de trabajo.
2. Programa de revisión de extintores.
3. Programa de revisión a los medios de detección y
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