Otros elementos

AutorRicardo Méndez Castro
Cargo del AutorLicenciado en Comercio Exterior y Aduanas por el Tecnológico de Baja California Universidad, campus Tijuana
Páginas111-120
CONTRIBUCIONES AL COMERCIO EXTERIOR 111
CAPITULO VII
OTROS ELEMENTOS
En esta sección expondremos algunos elementos importantes que tam-
bién deben tomarse en consideración con el propósito de llevar a cabo
una determinación acertada de las contribuciones y aprovechamientos
que surjan con motivo de las operaciones de comercio exterior.
VII.1. ELEMENTOS VINCULADOS CON LA BASE GRAVABLE
A. Determinación de Base Gravable
Para realizar el cálculo correcto de las contribuciones y aprovechamien-
tos es importante efectuar una determinación correcta de la base gravable,
de lo contrario, los resultados de los impuestos o derechos a pagar se de-
terminarán en forma errónea. En este sentido, a continuación se presentan
los siguientes elementos:
1. Valor Aduana
En términos del artículo 64 de la Ley Aduanera, la base gravable del
impuesto general de importación es el valor en aduana de las mercancías,
salvo los casos en que la ley de la materia establezca otra base gravable.
El valor en aduana de las mercancías será el valor de transacción de las
mismas, salvo lo dispuesto en el artículo 71 de esta Ley.
Se entiende por valor de transacción de las mercancías a importar el
precio pagado por las mismas, siempre que concurran todas las circuns-
tancias a que se refiere el artículo 67 de esta Ley y que éstas se vendan
para ser exportadas a territorio nacional por compra efectuada por el im-
portador, precio que se ajustará, en su caso, en los términos de lo dispues-
to en el artículo 65 de esta Ley.
Se entiende por precio pagado el pago total que por las mercancías
importadas haya efectuado o vaya a efectuar el importador de manera di-
recta o indirecta al vendedor o en beneficio de éste.
Por otra parte, el artículo 65 de la citada Ley dispone que el valor de
transacción de las mercancías importadas comprenderá, además del pre-
cio pagado, el importe de los siguientes cargos:
a) Los elementos que a continuación se mencionan, en la medida en
que corran a cargo del importador y no estén incluidos en el precio
pagado por las mercancías:
Las comisiones y los gastos de corretaje, salvo las comisiones
de compra.
El costo de los envases o embalajes que, para efectos aduane-
ros, se considere que forman un todo con las mercancías de que
se trate.

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