Disposiciones generales

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ENRIQUE PEÑA NIETO, Gobernador Constitucional del Estado
Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguien-
te:
DECRETO NUMERO 188
LA H. “LVI” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MEXICO
DECRETA:
LEY DE LA COMISION DE DERECHOS HUMA-
NOS DEL ESTADO DE MEXICO
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
DEL OBJETO DE LA LEY, DE LA COMISION Y OTRAS DIS-
POSICIONES
ARTICULO 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden pú-
blico, interés social y observancia general en el Estado de México,
en términos de lo establecido por los artículos 102 apartado B de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 16 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
ARTICULO 2. La presente Ley tiene por objeto establecer las
bases para la protección, observancia, estudio, promoción y divul-
gación de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexi-
cano; así como los procedimientos que se sigan ante la Comisión de
Derechos Humanos del Estado de México.
ARTICULO 3. La Comisión de Derechos Humanos del Estado
de México es un organismo público de carácter permanente, con
autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y pa-
trimonio propios.
ARTICULO 4. La Comisión de Derechos Humanos del Estado de
México, debe garantizar el derecho a la información pública, privi-
LEY DERECHOS HUMANOS EDOMEX/OBJETO DE LA LEY... 1-4

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