Disposiciones generales

Páginas1-5
1
ERUVIEL AVILA VILLEGAS, Gobernador Constitucional del Esta-
do Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguien-
te:
DECRETO NUMERO 360
LA H. “LVII” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MEXICO
DECRETA:
LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MEXICO
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO PRIMERO
DE LA SEGURIDAD PUBLICA Y SUS FINES
ARTICULO 1. Esta Ley es de orden público, de interés social y
de observancia general en todo el territorio del Estado de México,
y tiene por objeto:
I. Normar la distribución de competencias en materia de seguri-
dad pública que realizan el Estado y los Municipios;
II. Establecer las bases de coordinación del Estado y los Munici-
pios con la Federación, el Distrito Federal, los estados y sus Munici-
pios;
III. Integrar el Sistema Estatal de Seguridad Pública, que a su vez
contribuirá con el Sistema Nacional de Seguridad Pública;
IV. Desarrollar las bases mínimas a que deben sujetarse las Institu-
ciones de Seguridad Pública; y
V. Contribuir a la construcción de las bases para una plena segu-
ridad ciudadana.
ARTICULO 2. La seguridad pública es una función a cargo del
Estado y los Municipios, que tiene como fines salvaguardar la integri-
dad y derechos de las personas, así como preservar las libertades,
el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y ge-
LEY SEGURIDAD EDOMEX/DE LA SEGURIDAD PUBLICA... 1-2

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR