DIOT. El requerimiento de información de operaciones con 'terceros' debe entenderse que se refiere a las realizadas con 'proveedores'. Jurisprudencia de Tribunales Colegiados
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El artículo 32, fracción VIII, de la Ley del IVA especifica lo siguiente (énfasis añadido):
32. Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:
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VIII. Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
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Como se observa, los contribuyentes del IVA y los que realicen actos o actividades gravados a la tasa de 0% en este impuesto deben proporcionar mensualmente a las autoridades tributarias, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el SAT, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones con sus proveedores.
Según la regla II.5.5.2 de la RMF para 2012, dicha información deberá presentarse a través de la página de Internet del SAT mediante el formato electrónico A-29 "Declaración informativa de operaciones con terceros" (DIOT).
En la práctica, cuando un contribuyente obligado a presentar la información de IVA de las operaciones con "proveedores" no lo hace, frecuentemente las autoridades requieren su presentación instándole a que presente la declaración informativa con "terceros" (DIOT), y dado que se configura la infracción referida en el artículo 81, fracción XXVI, del CFF, le imponen la sanción que indica el artículo 82, fracción XXVI, del mismo código. A continuación se transcriben estos últimos artículos:
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