¿Procede el acreditamiento de un saldo a favor de IVA determinado en una declaración anual extemporánea, contra pagos provisionales de periodos anteriores a la fecha de presentación de la declaración anual?

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Trabajo en una firma de contadores públicos, en la que se prestan servicios de auditoría fiscal. Efectúo la revisión correspondiente al ejercicio fiscal de 2002, de una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR, la cual se dedica a comercializar artículos electrodomésticos, con cobertura de distribución a nivel nacional.

Al verificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, me he percatado de que la declaración anual del ejercicio 2001 se presentó durante mayo de 2002, con saldo a favor de IVA; además, los pagos provisionales de IVA del primer cuatrimestre de 2002 se presentaron después de la fecha en que se presentó la declaración anual de 2001, y contra el IVA a cargo en los pagos provisionales se efectuó el acreditamiento del saldo a favor de IVA determinado en la declaración anual de 2001.

Lector de Guadalajara, Jalisco

Pregunta

¿Procede el acreditamiento de un saldo a favor de IVA determinado en una declaración anual presentada en forma extemporánea, contra pagos provisionales de IVA de periodos anteriores a la fecha de presentación de la declaración anual?

Respuesta

En el artículo 6o. segundo párrafo, de la Ley del IVA, vigente hasta el 31 de diciembre de 2002, se indicaba lo siguiente:

Si en la declaración del ejercicio el contribuyente tuviera cantidades a su favor, podrá acreditarlas en declaraciones de pago provisional posteriores o solicitar su...

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