La deslegitimación del derecho como producto político.

AutorEfraín de Jesús Gutiérrez Velázquez
CargoMaestro en Derecho Universidad de Guadalajara, Cucienega.
Páginas2-16

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I El Derecho como producto político

Es indudable que la ciencia Jurídica, como ciencia social, tiene una mayor polemicidad en relación a la conceptualización de su objeto de estudio que es el Derecho.1 Ha sido por siglos, ampliamente discutido por prominentes Filósofos, los alcances y caracterización que como ciencia social tiene la ciencia jurídica, con claros distingos frente a las ciencias de otra naturaleza, como las exactas.

Y en razón de ello, por la amplia cultura jurídica de las diferentes corrientes del pensamiento filosófico - jurídicos, es que es tan amplio el espectro del conocimiento jurídico.

En ese sentido se considera que uno de los mayores retos del Conocimiento Jurídico de la modernidad, es el establecimiento claro del debate conceptual en Page 3 torno a la Legitimación y la validez del Derecho, como parte de los componentes centrales de toda filosofía del Derecho. Sin duda alguna que para el autor del presente artículo, no es desconocido que existen ya en la actualidad, una serie de posiciones relativamente opuestas en relación a la legitimidad del Derecho, desprendidas principalmente de un crítica sistemática de la postura jusnaturalista hacia el iuspositivismo clásico, cuya tesis ha demostrado ante ello, un claro desdén hacia el establecimiento claro de lo que se concibe como legitimación del Derecho.

Para ello, primero debemos señalar que existe una gran discusión en la ciencia del Derecho que ha producido tanta controversia, la de la relación entre Derecho y Estado. Ésta situación se ha planteado en forma general, abstracta y teórica. Se ha preguntado si el Estado era algo superior al Derecho o si ambos constituían dos aspectos distintos de la misma cosa "...Existen tres teoría principales acerca de la relación entre el Derecho y el Estado: la primera teoría, el Estado se encuentra por encima del Derecho y es superior a él; ésta teoría la desarrolló John Austin; otra teoría es la que trata de establecer y demostrar la superioridad la superioridad del Derecho sobre el poder del Estado, opinión de los iusnaturalistas y; finalmente una tercer teoría de que el Estado y el Derecho son una misma cosa, la ha llevado a su forma más extrema Hans Kelsen...".2

Es enteramente difícil determinar cuál crea a cuál, si el Estado al Derecho, o viceversa, más sin embargo algo sí podemos determinar: que ésta discusión no tiene sentido porque todo acto jurídico está regulado por las leyes del Estado, y todo acto del Estado, está regulado por el Derecho. Al respecto existen pues dos ciencias que cada una por su lado investiga y reflexiona acerca de sus dos objetos de estudio, que son la política y el Derecho, para lo cual existe la ciencia Política y la Ciencia Jurídica, respectivamente. En relación a esto, es que se hace Page 4 en este artículo, un análisis reflexivo respecto del binomio Estado - Derecho en relación a la legitimidad de ambos.

II La legitimación del Derecho desde su producción política en una perspectiva histórica - tradicional

Podemos hacer un análisis retrospectivo, de lo que ahora nos ocupa en este producto. En la República de Platón, Sócrates discute sobre la naturaleza de la Justicia con un número considerable de personas. La conversación acerca de este tema general ocurre, por supuesto, en un medio particular: en un sitio particular, en un tiempo particular con hombres cada uno de los cuales tiene su edad, su carácter, sus capacidades, su posición en sociedad y su apariencia particulares. La discusión central de ésta obra yace en la virtud capital que es la Justicia. Aparecen comentarios dialogados de varios que intervienen en los diálogos sobre esto, pero lo que más interesa al que escribe, es lo relacionado con la legitimación de la figura Estatal - gubernamental, de lo que el propio Sócrates en su defensa sostenida con Trasímaco, le comenta: "Examínalo pues, -ahora mismo respóndeme: ¿No dices que la justicia consiste en obedecer a aquellos que gobiernan- Si. Pero los que gobiernan en los diversos Estados ¿Pueden equivocarse o no? - Pueden equivocarse, en efecto - así, cuando instituyan leyes, unas serán bien instituidas y otras mal. - Tal creo. - Es decir, que unas serán provechosas para ellos, y otras perjudiciales. - Desde luego. - Y, con todo, los súbditos habrán de observarlas, y en eso consiste la justicia...".3

Si analizamos ésta postura y otras contenidas por Platón y Sócrates, veremos claramente una posición relativamente antidemocrática - que es entendible en el propio Platón, por la condena a la muerte de su maestro Sócrates por un régimen democrático -. Desde estas etapas históricas, como se puede apreciar prevalece la tesis de que mal o bien, los gobiernos serán quienes determinen las decisiones Page 5 legislativas de un país, independientemente de lo que el conjunto de habitantes pueda manifestar u opinar al respecto. La Justicia reducida a la simple aplicación de la ley no es una visión moderna, como se puede apreciar en la anterior cita es un todo producto histórico. También se puede visualizar en esta cita, el destino invariable de la sociedad a estar conformada con el sistema normativo que le impongan. De entrada, no está entre las opciones sociales la de asentir o disentir, respecto del marco jurídico que la regula (no confundir con asentimiento o disentimiento de sus gobernantes, que son figuras distintas). Es una de las razones, por las que resulta irreconciliable actualmente la posición democrática moderna - imposible pensar en el modelo deliberativo - frente a las tesis sostenidas por las posiciones un tanto hasta antidemocráticas de éstos dos pensadores; y no con ello pretendo menoscabar lo reconocible de sus trabajos filosóficos. Son los pioneros de la Filosofía griega y de trascendencia mundial, sólo que también pueden ser objeto de algún análisis.

Por su parte el Estagirita Aristóteles, reconoce al Estado como lo superior en cuanto a su esencia, como algo mejor que el individuo y la familia, ya que es aquel, precisamente, el que constituye la sustancialidad de éstos y, así, claramente nos la indica en su obra La Política, cuando refiere que "es indudable que el Estado es antes que la familia y que los individuos, porque el todo es antes que su parte. Así un hombre es un todo: si muere, no puede decirse que su pie o su mano exista aún. Podrá llamarse pie o mano a un miembro inanimado; pero por analogía, como se llama mano a la mano de una estatura. Todos los seres tienes sus funciones y propiedades bien determinadas... según estos principios el Estado es superior al individuo... si se hallase un hombre que no pudiere vivir en sociedad o que pretendiese no necesitar cuidado alguno no sería propiamente un hombre, sería una fiera salvaje o un Dios."4 Page 6

Así Aristóteles nos precisa que la naturaleza humana nos arrastra a todos los hombres a la disposición política, en la que el Derecho, como conjunto normativo, significa las reglas necesarias para la vida política, puesto que lo Justo es la fundamentación del Derecho. También en la anterior cita nos demuestra el filósofo, la propia superioridad del Estado sobre los demás miembros de la comunidad, situación que se enfrenta con la misión de un Estado Democrático de Derecho; ésta posición Aristotélica es muy similar a la que sostenía el propio Platón: un Estado integrado por una clase social selecta, y una muchedumbre prestada a obedecer sin miramiento sus mandatos administrativos y jurídicos.

En este mismo sentido, para fortalecer de alguna manera ésta visión estatal y jurídica, se considera importante traer al debate, las propias posiciones adoptadas durante la época colonial de lo que ahora son los Estados Unidos Mexicanos, como es el caso de Juan Ginés de Sepúlveda y su Tratado de las justas causas de la guerra contra los indios, que según él, los siguientes justos títulos legitimaban la dominación y conquista de los nuevos territorios descubiertos por Colón: "Téngase pues, por cierto, e inconcuso, puesto que lo afirman sapientísimos autores, que es justo y natural que los hombres prudentes, probos y humanos dominen sobre los que no lo son... que con perfecto derecho los españoles imperan sobre estos bárbaros del Nuevo Mundo e islas adyacentes, los cuales en prudencia, ingenio, virtud y humanidad, son tan inferiores a los españoles como los niños a los adultos, y las mujeres a los varones, habiendo entre ellos tanta diferencia como las que va de fieras y crueles a gentes clementísimas, de las prodigiosamente intemperantes a los continentes y templados... La segunda causa que justifica la guerra contra los bárbaros es que sus pecados, impiedades y torpezas, son...

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