Derecho de los negocios internacionales.

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Derecho de los negocios internacionales, de José Carlos Fernández Rosas, Rafael Arenas García y Pedro Alberto de Miguel Ascencio

En el volumen V, año 2005, del Anuario Mexicano de Derecho Internacional tuve oportunidad de participar con la reseña crítica del libro Derecho de los negocios internacionales, del reconocido jurista e internacionalista argentino Osvaldo J. Marzorati. Este texto, publicado en 2003 en Buenos Aires, Argentina, en dos tomos, está dedicado casi por completo al estudio de los contratos mercantiles internacionales, y afirma que esta rama del Derecho Internacional desempeña y seguirá desempeñando un papel relevante en la configuración de los mercados globales. Ciertamente no se trata del derecho estatal aún existente ni tampoco del internacional clásico, fundado también en el principio de soberanía territorial, sino de un verdadero derecho transnacionalizado a la par de la economía, cuya génesis se remonta a la arquitectura del orden internacional de la segunda posguerra y que desde entonces se constituye en el orden jurídico de los nuevos regímenes económicos internacionales.

Posteriormente, presenté la reseña crítica de otro trabajo recopilatorio elaborado por Ignacio Gómez-Palacio, intitulado Derecho de los negocios internacionales. Arbitraje internacional, TLCAN, América Latina, CLADI, que en sus 13 capítulos nos expone algunos de los elementos más actuales de esta nueva rama del Derecho Internacional Económico, pero enfocándose únicamente al estudio elemental del fenómeno normativo del llamado Derecho de la Inversión Extranjera y el mecanismo del arbitraje internacional a través del funcionamiento operativo de algunos tratados, instrumentos e instituciones de solución de controversias, como el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI). La crítica que entonces hice fue que la obra era limitada en relación con el contenido de esta disciplina, que es actualmente mucho más amplio porque se extiende a rubros complejos del Derecho Internacional Público y, en especial, del privado, como los principios generales y accesorios, la nomenclatura especializada, la venta internacional de mercaderías, el comercio internacional y las formas de integración, la contratación internacional, el comercio mundial en globalización, la financiación internacional, la nueva regulación fiscal y tributaria interestatal, las sentencias arbitrales extranjeras, el sistema de distribución y el derecho de la propiedad intelectual, entre otros.

Así, siguiendo de cerca los pasos de esta tendencia, en otra publicación especializada de la Secretaría de Economía del gobierno de México presenté un resumen crítico del libro de Claudia Rodríguez Galán y Jorge Sánchez Dávila, también intitulado Derecho de los negocios internacionales, publicado en 2008. Este texto busca brindar un enfoque más completo de la materia a través del estudio de seis ejes de tratamiento, entre los que destacan las fuentes de este derecho, la inversión extranjera y el transporte internacional. Se trata de un análisis jurídico especializado, de naturaleza monográfica y cobertura internacional, que encierra un ejemplar esfuerzo de los autores por conciliar la importancia de las fuentes doctrinales e históricas, en el tópico del derecho de los negocios internacionales, con la práctica jurídica subyacente en los diversos países gestores de la actividad comercial internacional, haciendo especial énfasis en el examen actual del orden jurídico mexicano en la materia.

Como puede apreciarse, el estudio de la regulación moderna de la negociación comercial internacional parece haberse puesto de moda en la última década, por lo que bien pudiera pensarse que todo está dicho y que nada hay que agregar al respecto, pero no es así, pues este campo de estudio crece, evoluciona con particular dinamismo y se transforma constantemente, presentando nuevas facetas, problemas, retos y situaciones específicas. Y es aquí donde radica el valor de la obra que ahora reseñamos y que lleva por título --para no variar-- el de Derecho de los Negocios Internacionales, de los reconocidos profesores españoles José Carlos Fernández Rosas, Rafael Arenas García y Pedro Alberto de Miguel Ascencio. Su estructura y contenido discurren a través de nueve capítulos, con 41 bloques temáticos, subdivididos a su vez en numerosos epígrafes, que tienen la virtud, por un lado, de responder a una secuencia lógica y conductora del argumento central y, por el otro, de poder ser leídos y discutidos por separado sin que por ello se altere el sentido de la exposición.

Llama la atención que aunque no se plantea con claridad la hipótesis central de la investigación, se infiere que consiste en afirmar que los negocios internacionales son un bien jurídico tutelado del derecho de...

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