Deducciones para el ISR. Cuide la forma en que debe efectuar su pago. Personas morales del régimen general

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Introducción

Conforme a la Ley del ISR, las deducciones que pueden efectuar las personas morales del régimen general que excedan de determinado monto deberán realizarse con cheque o con medios electrónicos; en otros casos, diversas disposiciones liberan a los contribuyentes de hacer los pagos con estos medios.

Precisamos la forma en que debe efectuarse el pago de las deducciones de acuerdo con las disposiciones tributarias, a efecto de que las autoridades fiscales no rechacen su aplicación para la determinación del ISR.

Forma en que debe efectuarse el pago de las deducciones

Uno de los requisitos de las deducciones consiste en que los pagos cuyo monto exceda de $2,000 se efectúen mediante la forma siguiente (artículo 27, fracción III, de la Ley del ISR):

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Por lo anterior, los pagos cuyo monto no exceda de $2,000 también pueden efectuarse en efectivo.

En relación con nuestro tema, es importante considerar lo siguiente:

1. Los pagos que se realicen mediante cheque nominativo deberán contener la clave en el RFC de quien lo expide, así como en el anverso del mismo la expresión para abono en cuenta del beneficiario .

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2. Cuando las erogaciones se efectúen en poblaciones o en zonas rurales sin servicios financieros, las autoridades tributarias podrán liberar de la obligación de pagarlas a través de los medios referidos; al efecto, el artículo 35-A del Reglamento de la Ley del ISR señala que las autoridades tributarias resolverán las solicitudes de autorización para liberar de la obligación de pagar las erogaciones con cheques nominativos, tarjetas de crédito, de débito, de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el SAT, de acuerdo con lo siguiente:

a) Se apreciarán las circunstancias de cada caso considerando, entre otros, los siguientes parámetros:

· Que los pagos efectuados a proveedores se realicen en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios bancarios.

· El grado de aislamiento del proveedor respecto de los lugares en los que hubiera servicios bancarios, así como la regularidad con que visita o puede visitar dichos lugares y los medios o la infraestructura de transporte disponibles para realizar las visitas. Para ello, el contribuyente deberá aportar los elementos de prueba conducentes.

b) La vigencia de las autorizaciones se circunscribirá al ejercicio fiscal de su emisión, y las autorizaciones serán revisadas anualmente considerando, entre otros, los siguientes aspectos:

· El desarrollo de los medios o de la infraestructura del transporte.

· El grado de acceso a los servicios bancarios en la población o zonas rurales de que se trate.

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