Se dan a conocer las facultades exclusivas de los delegados del IMSS

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El IMSS dio a conocer en el DOF del 11 de febrero pasado, el " Acuerdo ACDO.SA2.HCT.270116/30.P.DJ dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a la autorización para dejar sin efectos el Acuerdo 534/2006, referente a diversas facultades ejercidas por los Titulares de las Delegaciones del IMSS", publicado el 18 de diciembre de 2006, mismo que entró en vigor el 12 de febrero de 2016.

El acuerdo dispone que las facultades siguientes previstas en el artículo 144 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social (RIIMSS) serán exclusivas de los delegados:

1. Emisión de visitas domiciliarias y revisión de dictámenes formulados por contador público autorizado cuando los patrones o sujetos obligados sean dependencias o entidades de las administraciones públicas federal, de la Ciudad de México, estatales y municipales (artículo 144, fracción XII, del RIIMSS).

2. Imposición de multas por no colaborar con el IMSS para la prevención de riesgos de trabajo y por la presentación con datos falsos o fuera de plazo de la declaración de riesgos de trabajo (artículo 144, fracciones XI y XV, del RIIMSS).

3. Autorizaciones para la incorporación voluntaria al régimen obligatorio e incorporación al Seguro de Salud para la Familia en forma colectiva; prórroga para el pago diferido o en parcialidades de créditos fiscales a favor del instituto; para la cancelación por incobrabilidad, incosteabilidad o no localización del deudor; declaración de prescripción de créditos fiscales (artículo 144, fracción XVII, incisos i, g, k, n y o, del RIIMSS).

4. Ratificación o rectificación de la prima de riesgos de trabajo en las empresas (artículo 144, fracción XX, del RIIMSS).

5. Ordenar y practicar investigaciones en el caso de sustitución patronal y responsabilidad solidaria (artículo 144, fracción XXI, del RIIMSS).

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Asimismo, los procedimientos iniciados hasta antes de la entrada en vigor del acuerdo de referencia seguirán tramitándose hasta su...

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