Se dan a conocer las reglas de carácter general a que se refiere el artículo 134-Bis de la Ley de Instituciones de Crédito

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación del 3 de diciembre de 2004, las reglas de carácter general a que se refiere el artículo 134-Bis de la Ley de Instituciones de Crédito.

Dichas reglas tienen por objeto clasificar a las instituciones de banca múltiple en categorías, considerando como base el índice de capitalización requerido, de acuerdo con los requerimientos emitidos por la SHCP. El nivel de capitalización aludido es un indicador que permite prever con antelación los problemas de solvencia de una institución de crédito; y por tanto, brinda a la autoridad...

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