Resolución correspondiente al incidente de incompetencia Núm. 1005/12-10-01-6/1740/12-S1-02-06

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE AL INCIDENTE DE INCOM-
PETENCIA NÚM. 1005/12-10-01-6/1740/12-S1-02-06 RELACIONADO
CON EL PRECEDENTE PUBLICADO EN R.T.F.J.F.A. SÉPTIMA
ÉPOCA. AÑO III. NO. 21. ABRIL 2013. P. 300. CLAVE VII-P-1aS-535.
CON RUBRO INCIDENTE DE INCOMPETENCIA POR RAZÓN DE
TERRITORIO. SOLO EL DEMANDADO O EL TERCERO TIENEN
LA POSIBILIDAD DE PLANTEARLO
C O N S I D E R A N D O :
[...]
TERCERO.- [...]
Sentado lo anterior, a juicio de esta Primera Sección de la Sala Supe-
rior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el incidente de
incompetencia por razón del territorio planteado por la autoridad demandada
es INFUNDADO, atento a los siguientes razonamientos y fundamentos de
derecho.
En principio, esta Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa estima conveniente precisar que
en términos del artículo 34 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Jus-
ticia Fiscal y Administrativa, la competencia de las Salas Regionales de este
Tribunal se determina atendiendo al lugar donde se encuentre el domicilio
 del demandante, dispositivo legal que es del tenor literal siguiente:
[N.E. Se omite transcripción]
El precepto legal antes transcrito detalla en su primer párrafo, que
las Salas Regionales conocerán de los juicios por razón del territorio,
   -
dante, con las excepciones descritas en el propio numeral, para concluir en

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