Control Aduanero en el Transporte

AutorAndrés Rohde Ponce
Páginas17-21

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Las modificaciones contenidas en el Decreto de Reformas que se refieren al control aduanero que se aplica sobre el transporte tienen que ver unas con las medidas relacionadas a establecer el orden de los transportistas; otras a las facilidades para que los transportistas y los consignatarios obtengan la autorización particular para introducirse o salir del país por lugar distinto al autorizado y aquellas otras que establecen o modifican las obligaciones a cargo de dichas empresas transportistas o como se les denomina porteadoras.

1. Ordenación de las Empresas Porteadoras

Es Indudable que las disposiciones siguientes son medidas de control aduanero necesarias, debido a la proliferación desordenada de empresas de esta índole que operan en el territorio nacional, pues se ha incrementado la transportación

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mediante la contratación de embarques consolidados a través de contratos de transporte que son subrogados o usados por embarques individuales, control adicional que se reguló con dos disposiciones:

A. Registro de Empresas Porteadoras ante el Servicio de Administración Tributaria, que se creó en el artículo 20 fracción X.

B. Representante en el territorio nacional que dichas Empresas Porteadoras deben designar conforme al citado artículo 20 primer y último párrafos.

2. Entrada o Salida del Territorio Nacional por Lugar Distinto al Autorizado

La esencial y por ello la más importante obligación jurídica aduanera consiste en que cuando alguien pretenda introducir o extraer transportes y mercancías al o del territorio nacional se debe hacer por los lugares y horarios autorizados (que son las aduanas), y es precisamente por esa importancia que la ley regula los casos o supuestos en que se pueden autorizar otros lugares para esos efectos y también para realizar otros servicios y actos como el despacho aduanero.

La entrada o salida por lugar distinto. Dispone la reforma que el Servicio de Administración Tributaria podrá autorizar esa entrada o salida y otros servicios también por motivos de "eficiencia y facilitación" según se establece en el Art. 10 segundo párrafo. El...

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