El IMSS da a conocer los requisitos para obtener el registro patronal único

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Al publicarse el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización (Racerf), se estableció la posibilidad de que el patrón solicite al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la asignación de un registro patronal único, que integre los diversos registros patronales que tenga, ya sea en el Distrito Federal o en uno o varios municipios oambos, a fin desimplificar la administración de éstos.

Así, de acuerdo con el artículo 13 del Racerf, el Consejo Técnico del IMSS debía expedir los lineamientos aplicables para la solicitud y asignación del registro en comento, por lo que con objeto de cumplir con estas disposiciones, dictó el acuerdo 697/2002 el 20 de diciembre de 2002, mismo que fue sometido a análisis por la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social -antes Dirección de Afiliación y Cobranza-. De tal manera que después de estudiar las sugerencias y adecuaciones de esta dirección, el Consejo Técnico aprobó los lineamientos el 27 de agosto de 2003.

De ahí que el IMSS publicó en el Diario Oficial de la Federación del 14 de mayo de 2004 el acuerdo 325/2003 del Consejo Técnico, relativo a la asignación del registro patronal único.

En este acuerdo, se precisa que los patrones interesados en tramitar el registro patronal único tendrán que presentarse ante la delegación del IMSS correspondiente a su domicilio fiscal, en donde se les entregará la solicitud de adhesión para la asignación del registro y la carta de aceptación por parte del patrón de las condiciones de operación de éste.

No obstante, los patrones tendrán que satisfacer...

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