Conclusiones

AutorAlan Jair García Flores
Páginas163-165
EMANCIPACIÓN EN VÍA DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA ANTE
NOTARIO PÚBLICO EN VERACRUZ: BREVIARIO DE UNA
ARMONIZACIÓN NORMATIVA PENDIENTE.
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CONCLUSIONES.
De todo lo vertido en las líneas que integran la presente
investigación se ha llegado a las siguientes conclusiones:
Primera: el ser humano se encuentra inmerso en un constante
cambio llamado mutabilidad, mismo que se produce por factores de
índole social, cultural, económica o política, ocasionando la
modificación de su organización, no sólo en su aspecto externo sino
también en el interno, respecto de las funciones o actividades que se
establecieron desde tiempos antiquísimos.
Segunda: la función jurisdiccional estriba en una actividad estatal
subordinada al orden jurídico y atributiva, constitutiva o productora
de derechos, en los conflictos concretos o particulares que se le
someten para comprobar la vulneración de derechos o una situación
de hechos en aras de adoptar una adecuada resolución.
Tercera: la impartición de justicia clamada por los gobernados, es
substanciada por el Estado mediante la función jurisdiccional
esgrimida por los tribunales del Poder Judicial Federal o Poder
Judicial Local, así como por otras autoridades especializadas en
diversas materias de naturaleza administrativa y que al igual que los
primeros, se encuentran dotados de jurisdicción, es decir, están
investidos de facultades específicas para decir y aplicar el derecho,
tal es el caso de los notarios públicos.
Cuarta: la jurisdicción voluntaria es el conjunto de procedimientos
a través de los cuales, se solicita de una autoridad que fiscalice,
verifique o constituya una situación jurídica de trascendencia social

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