Comisión Mixta para la Promoción de las Exportaciones

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1558-1566

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CAPÍTULO I Disposición General

Objetivos de la Comisión Mixta

ARTÍCULO 177.

En los términos de lo dispuest o por el artícul o 7o. de la Ley, la Comisión Mixta tiene por objeto analizar, evaluar, proponer y concertar acciones entre los sectores público y privado en materia del comercio exterior de bienes y servicios en el marco del Sistema Nacional de Promoción Externa.

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CAPÍTULO II Estructura

Integración de la Comisión Mixta

ARTÍCULO 178.

La Comisión Mixta estará integrada por los titulares de las siguientes dependencias, entidades y organismos:

I. Dependencias y entidades de la Administración Pública Federal:

  1. Secretaría de Relaciones Exteriores;

  2. Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

  3. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

  4. Secretaría de Energía;

  5. Secretaría de Economía;

  6. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, PescayAlimen-tación;

  7. Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

  8. Secretaría de Salud;

    I. Secretaría del Trabajo y Previsión Social; J. Secretaría de la Defensa Nacional;

  9. Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, y

    L. Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito.

    I-Bis. Entidades federativas, previo acuerdo entre estas y la Secretaría;

    II. Organismos del sector privado que manifiesten expresamente su voluntad, cuyos cargos serán honoríficos, y por su desempeño no cobrarán sueldo o emolumento alguno:

  10. Consejo Coordinador Empresarial;

  11. Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana;

  12. Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior, Inversión y Tecnología, A.C.;

  13. Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales;

  14. Confederación deAsociaciones deAgentes Aduanales de la República Mexicana;

  15. Confederación Patronal de la República Mexicana;

  16. Confederación Nacional de Cámaras de Comercio;

  17. Confederación Nacional de Cámaras de Industria;

    I. Cámara Nacional de la Industria de Transformación;

  18. Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México, y K. Consejo Nacional Agropecuario.

    Además, la Comisión Mixta podrá invitar a integrarse a otros representantes de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y Estatal, ydel sector privado, cuando se traten asuntos relacionados con sus respectivas atribuciones o con los intereses que representen.

    Cada una de las dependencias, entidades y organismos señalados en este artículo, designará un representante único y permanente.

    ARTÍCULO 179.

    Derogado.

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CAPÍTULO III Funciones de la Comisión Mixta

Funciones de la Comisión Mixta

ARTÍCULO 180.

Para cumplir con los objetivos a que se refiere el artículo 177 de este Reglamento, la Comisión Mixta desempeñará las siguientes funciones:

I. Diseñar e instrumentar políticas, lineamientos, mecanismos y criterios para la promoción de las exportaciones de bienes y servicios;

II. Diseñar e instrumentar mecanismos que garanticen la adecuada coordinación de las acciones de las dependenciasy entidades de laAdministración Pública Federal en materia de promoción de exportaciones y, en particular, proponer y promover medidas para laagilización de trámites administrativos y la eliminación de obstáculos que impidan el buen desempeño del sector exportador;

III. Determinar, conjuntamente con los gobiernos de las entidades federativas, los procedimientos de participación, comunicación y consulta que permitan la adecuada coordinación de políticas y acciones encaminadas a la promoción de las exportaciones de bienes y servicios, así como las estrategias y acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas;

IV. Formular y establecer políticas y acciones de concertación con las representaciones del sector privado para la promoción del comercio exterior, así como concertar apoyos específicos para impulsar proyectos de exportación con viabilidad comercial, técnica y financiera;

V. Reunirse en sus distintos niveles y modalidades para evaluar y dictaminar las medidas que corresponda tomar, a efecto de que los proyectos y acciones y resoluciones acordados en el seno de la Comisión Mixta se lleven a cabo en su integridad y con prontitud;

VI. Establecer los grupos especializados que considere convenientes para la resolución expedita de los asuntos relacionados con la promoción de las exportaciones;

VII. Participar activamente en la reforma o adecuación de la normatividad relacionada con la actividad exportadora;

VIII. Fomentar la cultura exportadora através de la organización deeventos y seminarios sobre comercio exterior, la elaboración de publicaciones en la materia y la...

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