Código Fiscal de la Federación. VI-TASR-XXII-4

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
DÉCIMO PRIMERA SALA REGIONAL METROPOLITANA
VI-TASR-XXII-4
TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO, PROCEDENCIA DEL JUICIO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- Al reformarse el artículo 127 del Códi-
go Fiscal de la Federación, por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federa-
ción el 28 de junio del 2006, el cual entró en vigor a partir del 29 del mismo mes y
año, se estableció que cuando el recurso de revocación se interponga porque el
procedimiento administrativo de ejecución no se ajustó a la Ley, las violaciones co-
metidas antes del remate, sólo podrán hacerse valer ante la autoridad recaudadora
hasta el momento de la publicación de la convocatoria de remate, y dentro de los diez
días siguientes a la fecha de publicación de la citada convocatoria, sin embargo, no
menos cierto es que cuando se promueva a través del juicio contencioso administra-
tivo tercería excluyente de dominio, dicha figura está regulada por otro dispositivo y
cuenta con su propia instrumentación como lo es el artículo 128, del Código Fiscal
de la Federación y por ende no resulta aplicable el diverso 127 del citado ordena-
miento legal, resultando procedente el juicio de conformidad a la fracción IV del
artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
y el diverso 120 del Código Fiscal de la Federación.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4364/09-17-11-2.- Resuelto por la Décimo
Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, el 7 de diciembre de 2009, por unanimidad de votos.- Magistrado Instruc-
tor: Gustavo Arturo Esquivel Vázquez.- Secretaria: Lic. Beatriz Elizabeth Salceda
Guerra.

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