Código Fiscal de la Federación. VIII-CASR-2ME-1

Páginas294-295
Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
criterio aislado 294
SEGUNDA SALA REGIONAL METROPOLITANA
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-CASR-2ME-1
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. PRESCRIPCIÓN
DE CRÉDITOS FISCALES DE CONFORMIDAD CON EL
ARTÍCULO 146 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERA-
CIÓN, REFORMADO MEDIANTE EL “DECRETO POR EL
QUE SE REFORMAN ADICIONAN Y DEROGAN DIVER-
SAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FE-
DERACIÓN”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE
LA FEDERACIÓN EL 9 DE DICIEMBRE DE 2013.- Del
contenido del artículo 146 del Código Fiscal de la Federa-
ción, reformado mediante el “Decreto por el que se refor-
man adicionan y derogan diversas disposiciones del Código
Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Ocial de la
Federación el 9 de diciembre de 2013, que entró en vigor
el 1° de enero de 2014 y sus disposiciones transitorias, se
desprende la existencia de dos hipótesis legales relacio-
nadas con la prescripción de los créditos scales, por una
parte, los créditos scales exigidos a partir del 1° de enero
de 2005, créditos a los que les resulta aplicable el quinto
párrafo del artículo 146 del Código Fiscal de la Federación,
y que en ningún caso, el plazo de la prescripción puede
exceder de diez años contados a partir de que el crédito
scal pudo ser legalmente exigido, (incluyendo cuando este
se haya interrumpido), mientras que la segunda hipótesis, se
trata de los créditos scales que fueron exigibles con ante-

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