Código Fiscal de la Federación. VIII-P-1aS-541

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Revista Núm. 31, FebReRo 2019
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-1aS-541
MULTAS. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 75, FRAC-
CIÓN V DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.- Del
artículo 75, fracción V del Código Fiscal de la Federación,
se advierte que el mismo contempla la exigencia de que
las autoridades scales al imponer multas cumplan con el
requisito de fundar y motivar debidamente las mismas, para
esto, el propio numeral establece los lineamientos para dar
cumplimiento a dicha exigencia, como es, que cuando por
un acto u omisión, se infrinjan diversas disposiciones sca-
les y las mismas contemplen varias multas, solo se debe
aplicar la que corresponda a la infracción cuya multa sea
mayor; sin embargo, dicho benecio no es aplicable cuando
el contribuyente haya incurrido en dos conductas de omi-
sión, como son: no pagar el impuesto al comercio exterior ni
el impuesto al valor agregado, por lo que la autoridad en este
caso, sí se encuentra en la posibilidad de imponer una mul-
ta por cada conducta omisiva realizada por el contribuyente.
PRECEDENTES:
V-P-1aS-207
Juicio No. 669/03-09-01-6/1177/03-S1-04-03.- Resuelto por
la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 17 de fe-
brero de 2004, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magis-
trado Ponente: Jorge Alberto García Cáceres.- Secretaria:
Lic. Virginia Pétriz Herrera.

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