Código Fiscal de la Federación. VIII-P-SS-271

Páginas255-257
REVISTA NÚM. 27, OCTUBRE 2018
PRECEDENTE 255
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-SS-271
FACULTADES DE COMPROBACIÓN DE LA AUTORIDAD
FISCAL.- A TRAVÉS DE ESTAS PUEDE DETERMINAR-
SE LA INEXISTENCIA DE LAS OPERACIONES, EXCLU-
SIVAMENTE PARA EFECTOS FISCALES.- El artículo 42
del Código Fiscal de la Federación, en sus fracciones II y III,
establece que las autoridades scales a n de comprobar
que los contribuyentes, los responsables solidarios o los ter-
ceros con ellos relacionados han cumplido con las disposi-
ciones scales y, en su caso, determinar las contribuciones
omitidas o los créditos scales, así como para comprobar la
comisión de delitos scales y para proporcionar información
a otras autoridades scales, tienen facultades: a) para efec-
tuar una revisión de gabinete, para lo cual pueden requerir
a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con
ellos relacionados, para que exhiban en su domicilio, es-
tablecimientos, en las ocinas de las propias autoridades
o dentro del buzón tributario, dependiendo de la forma en
que se efectuó el requerimiento, la contabilidad, así como
que proporcionen los datos, otros documentos o informes
que se les requieran a efecto de llevar a cabo su revisión,
b) para practicar visitas a los contribuyentes, los respon-
sables solidarios o terceros relacionados con ellos y revi-
sar su contabilidad, bienes y mercancías. Al respecto cabe
destacar que el término comprobar, signica Conrmar la
veracidad o exactitud de algo”; por lo que es claro que las
facultades de scalización son la herramienta que permite
vericar si el contribuyente ha cumplido cabalmente con las

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