Código Fiscal de la Federación. Jurisprudencia Núm. VII-J-SS-216

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
JURISPRUDENCIA NÚM. VII-J-SS-216
NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS. EL PLAZO DE 15 DÍAS
QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 139 DEL CÓDIGO FIS-
CAL DE LA FEDERACIÓN S E COMPUTA EN DÍAS HÁBI-
su texto vigente a partir del 1° de enero de 2004, establecía
que las noti caciones por estrados se harán jando durante
15 días consecutivos el documento que se pretenda noti car
en un sitio abierto al público de las o cinas de la autoridad
que efectúe la noti cación y publicando además el documento
citado, durante el mismo plazo, en la página electrónica que
al efecto establezcan las autoridades scales; dicho precepto
fue reformado mediante Decreto publicado en el Diario O cial
de la Federación el 28 de junio de 2006, que entró en vigor
al día siguiente de su publicación, modi cando el texto legal
sustituyéndose la conjunción “y” por la disyuntiva “o”, es decir,
se preveía que la publicación del documento podía hacerse
en las o cinas de la autoridad o en la página electrónica
respectiva, coincidiendo ambos preceptos en el resto de su
texto. Ahora bien, el artículo 12 del citado Código, dispone
que en los plazos jados en días no se contarán los sábados,
los domingos, ni el 1° de enero; el primer lunes de febrero en
conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo
en conmemoración del 21 de marzo; el 1° y 5 de mayo; el 16
de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemo-
ración del 20 de noviembre; el 1° de diciembre cada 6 años,
cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo y

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