¿En qué casos se realiza el almacenamiento transitorio?

AutorAna Pamela Romero Guerra - Daniela García González
Páginas11-11

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El almacenamiento transitorio, como su nombre lo indica, es provisional cuando por causas de fuerza mayor o recomendaciones logísticas no puedan trasladarse los indicios o elementos materiales probatorios a la brevedad hacia los laboratorios de los servicios periciales. En estos casos deberán ser canalizados a las bodegas de indicios para su almacenamiento. Si no pudieran ser recibidos en las bodegas, deberán ser trasladados a otro lugar en condiciones de preservación o conservación, registrando debidamente todo esto en el RCC.

Tan pronto como cesen las causas...

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